viernes, 15 de marzo de 2019

14 DE MARZO DE 2019 BIDELAN AP-8 REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA



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BIDELAN AP-8 REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA
                                                                               14 DE MARZO DE 2019

Tras constituir la mesa negociadora el 19 de Enero de 2019, hoy se ha
celebrado la primera reunión de negociación del nuevo convenio colectivo de Bidelan AP-8.

El sindicato ELA ha presentado mediante registro su plataforma
reivindicativa para esta negociación. LAB y CCOO han decidido no presentar plataforma.

La empresa ha presentado por escrito el proyecto de automatización a
desarrollar durante el periodo de explotación en vigor.

En lo que a la AP-8 se refiere el alcance de la renovación de los sistemas de cobro de canon afecta a Irún Ventas pero hay que tener en cuenta que actualmente se está renovando Irún Barrera y durante el contrato en vigor está prevista la renovación de Zarautz Barrera.

La previsible mejora del servicio tras la automatización va a tener una gran afectación en las condiciones laborales, ya que para desempeñar algunas tareas disminuirán las horas de trabajo (por ejemplo en periodo nocturno, refuerzos, etc) o éstas directamente pueden desaparecer (baños).

La empresa plantea que se respetarán los contratos del personal fijo pero no se cubrirán las jubilaciones, amortizando dichas plazas. También plantea la movilidad funcional (polivalencia) entre distintas áreas y la movilidad geográfica entre la AP-1 y la AP-8.

Se ha constituido una comisión expresamente para este asunto y la próxima reunión se celebrará el 30 de Abril de 2019.

A pesar de que falta información concreta sobre la incidencia del proceso de automatización que se pondrá en marcha en el año 2020, ya se están haciendo planteamientos restrictivos por parte de la empresa: a modo de ejemplo informar que no está previsto sustituir al cobrador de peaje 1ª de Zarautz a la fecha de su jubilación a pesar de que en Zarautz no se hayan renovado los sistemas de cobro.

Desde ELA solicitamos datos concretos sobre las consecuencias de los
procesos de automatización y que se determine la plantilla estructural
necesaria para prestar el nuevo servicio y las condiciones en las que se van a desempeñar.

También requerimos información detallada sobre la destrucción de empleo que se va a generar mediante la amortización de puestos de trabajo, así como las modificaciones de condiciones de trabajo del resto de la plantilla (movilidad funcional y geográfica, modificación de calendarios, incidencia en nocturnos, etc).
La próxima reunión de la mesa negociadora del convenio será el 28 de marzo de 2019.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.