miércoles, 22 de diciembre de 2010

ZORIONAK ETA EGUBERRI ON !!!

En el corazón de todos los inviernos vive una primavera palpitante, y detrás de cada noche, viene una aurora sonriente.

viernes, 10 de diciembre de 2010

LEKU GUZTITAN BERDIN / EN TODOS LOS SITIOS IGUAL


LEKU GUZTITAN BERDIN
BETI BERDINAK LANEAN ETA BETI BERDINAK POTROJORRAN
EN TODOS LOS SITIOS IGUAL
LOS MISMOS CURRANDO Y LOS MISMOS TOCANDOSE LAS PELOTILLAS

sábado, 27 de noviembre de 2010

Convenio de residencias

Eva Artola Etxeberria

Se ha celebrado el Día de contra la Violencia de Género. Los datos ahí están, y no hay que incidir en ellos, ya que desgraciadamente hablan por sí solos, y son de sobra conocidos por toda la ciudadanía. La cuestión es: ¿qué hacemos todos y todas para que esas cifras tan alarmantes comiencen a descender?

Un año más, la clase política ha realizado manifestaciones y ha marcado presencia en las distintas concentraciones y actos en la calle dejando claramente patente su repulsa y rechazo. Pero en la práctica, ¿qué? Allí donde verdaderamente pueden incidir, y tienen capacidad de decisión ¿qué intereses defienden?

Las mujeres tenemos que poder decidir. Nos va la vida en ello. La clase política nos da la espalda una y otra vez, únicamente les interesa la foto. No son solo palabras, tenemos un reciente ejemplo práctico, donde otra actitud política podía haber cambiado las opciones de muchas mujeres: el convenio de las residencias de Gipuzkoa.

Un sector en el que trabajan 4.000 mujeres, las cuales llevan dos largos años batallando duramente para dignificar su tarea diaria y lograr el reconocimiento y a la vez la estabilidad de empleo que merecen en la labor que realizan.

No piden tanto: poder mantener sus puestos de trabajo (subrogación), jornadas más regulares para poder atender a los suyos (conciliación) y un salario digno que les permita ser independientes y les otorgue capacidad de decisión.

Sin embargo, su pretensión ha sido cercenada de la manera más ruin posible. La Diputación decide subir las tarifas a las empresas, y las asociaciones de empresarios en el sector, Adegi y LARES (Fundaciones y empresas sin ánimo de lucro), llevan a la mesa la primera oferta en dos años, diciendo además que se trata de la última.

Una oferta salarial para cuatro años, que no garantiza el mantenimiento y conservación del empleo en el caso que la empresa adjudicataria del servicio de la residencia, cambie. En resumen, se mantiene con ello la precariedad en el empleo de las mujeres.

Sobre los sindicatos que firman el acuerdo de la vergüenza con una representación del 20% (o sea en minoría), no me voy a detener ni un segundo, ya que ellos mismos se desacreditan una vez más vendiendo a los de su clase.

Resultado: de esta forma se puede poner mordaza y atar de pies y manos a 4.000 mujeres que lo único que han hecho ha sido pretender dignificar la tarea de cuidar y atender a los ancianos. Yo diría que hay mucha violencia de género en este acuerdo, y que todas las partes han quedado bien retratadas.

martes, 9 de noviembre de 2010

miércoles, 3 de noviembre de 2010

REUNION CALENDARIOS PEAJISTAS


Como sabeis hoy a las 16:00 horas nos hemos vuelto a reunir con la direccion de la empresa con el tema del calendario de los peajistas.

Por parte de la direccion han asistido Sergio Cubero y Cristina Esponda y por parte del comite hemos asistido Eneko Urdangarin, Asier Elorriaga , Ceci Merino, Dani Sarraga y Marina Blanco.

La empresa nos ha dado un NO como respuesta a la propuesta hecha desde el colectivo de los peajistas con un nuevo ciclo.

La empresa no es partidaria de hacer 12 horas.

La empresa nos propone un 7.3 - 7.3 - 7.7

Para poder explicaros la reunion de hoy y la nueva propuesta por parte de la empresa os convocamos a una reunion para el proximo 9 de Novembre a las 16:30 en el Caserio Ondartza de Bergara

jueves, 28 de octubre de 2010

PLUS VESTUARIO ARTICULO 43. ROPA DE TRABAJO

Antolakuntza eta Giza Baliabidetik jakinarazten digute urriako nominan 44€ ordainduko zaiela Bidesariko eta Komunikazioko langileei oinetakoak erosteko
Desde el area de RR.HH nos informan que en la nomida de octubre se abonara al personal de peaje y comunicaciones 44€ para la adquisicion de zapatos.

Artículo 43. Ropa de Trabajo

Son prendas de trabajo aquéllas que el trabajador debe emplear, bien para una correcta presentación ante los usuarios de la Autopista, bien para la realización de los cometidos propios de su labor en todas o en algunas circunstancias.

La Empresa sufragará, a su costa, la adquisición, confección y renovación de las prendas de trabajo.

El uso de la prenda de trabajo será limitado exclusivamente dentro de las dependencias de la Empresa, y su empleo fuera de ella se considerará como falta leve o menos grave, susceptible de sanción, excepto cuando sea por motivo o consecuencia de su trabajo.

Cada DOS años se abonara la cantidad de 44 euros para adquisición de Zapatos.

martes, 26 de octubre de 2010

REUNION CALENDARIOS

Antes de que arda el telefono, pasamos a informaros la reunion de hoy a falta del acta del dia.
Como muy bien sabeis hoy nos hemos reunido con la Direccion de la Empresa para tratar el tema de los calendarios 2011 de los trabajadores de Bidelan AP1

Conservacion OK, Aceptan el calendario que se les paso
Agentes de Campo OK, Aceptan el calendario que se les paso
Comunicaciones A la espera de solucionar el tema de los jefes de turno, hasta que se solucione este tema la Direccion de la Empresa nos ppide tiempo, + - mediados de Noviembre
Peajistas Ante el cambio de calendario y de ciclo solicitado por los trabajadores la empresa nos pide tiempo hasta el viernes

sábado, 9 de octubre de 2010

GEROA


LANGILEEN ESKAERARI ERANTZUNEZ, GEROAKOEKIN BILERA BAT ANTOLATU DUGU

A PETICION DE LOS TRABAJADORES HEMOS ORGANIZADO UNA REUNION CON GEROA

NOIZ URRIAK 25 OCTUBRE
ORDUA / HORA 16:00
NUN ONDARTZA BASERRIAN
HIZLARIA VIRGINIA OREGI
GERENTE GEROA EPSV

viernes, 1 de octubre de 2010

BIDEO OSO ONA

VIDEO MUY BUENO , ESPECIALMENTE EL MINUTO 5:29
IKUSI

sábado, 11 de septiembre de 2010

jueves, 9 de septiembre de 2010

Postura de ELA y LAB ante la huelga del 29 de sep

Irakurri ELA eta LABek Damaso Casadori bidalitako gutuna
Carta remitida a Damaso Casado por ELA y LAB

Irailaren 29ko greba deialdiaren aurrean UGT eta CCOO igorritako gutunari erantzun die ELA eta LAB-ek

ELA eta LAB sindikatuek irailaren 29ko greba dela-ta UGT eta CCOOk igorritako idatzaiari erantzun diote.
Euskal gehiengo sindikalak joan den ekainaren 29an greba orokorra egin zela Hego Euskkal Herrian eta grebarako dealdia bakarrik partekatzea ez dela nahikoa azpimarratzen du. "Ezinbestekoa da erabakitzea sindikatuen arteko ekintza bateratua zeintzu oinarrien gainean eraiki nahi den", diote.



ELA y LAB responden a la carta remitida por UGT y CCOO, en relación a la huelga del 29 de setiembre

Los sindicatos ELA y LAB han remitido sendas cartas a los responsables de UGT y CCOO, en relación a la huelga general del próximo 29 de setiembre.

Recuerdan que la mayoría sindical convocó una huelga general el pasado 29 de junio y requiere compartir algo más que su convocatoria. "Es imprescindible aclarar sobre que bases se pretende hacer efectiva la unidad de acción entre las organizaciones sindicales".

martes, 7 de septiembre de 2010

ETA'ren agiriaren aurrean - Ante el comunicado de ETA

ETA-ren agiriaren aurrean

ELAko Batzorde Eragileak bihar balorazio zabalagoa egingo du gaurko igandez, Irailak 5, publiko egin den ETAren komunikatuaren aurrean.

  1. Presazko ohar honetan, ELAk adierazi nahi du positiboki baloratzen duela ekintza armatuak ez burutzeko ETAk hartu duen erabakia. Guztiz beharrezkoa eta desiragarria da distentsio keinu hau, eta bide batez, koerentea gure gizarteak berretsitako eskaerekin.

  2. ELAk beharrezkoa diren urratsak eman ditzan eskatzen dio ETAri honako erabakia behin betikoa bihur dadin eta, bederen, onar ditzan nazioarteko eremuko pertsona eta elkarte esanguratsuek eginiko Bruselasko Adierazpenean jasotakoak

  3. Gainera, ELAren ustez, honako erabakia zuhurtziaz eta arduraz hartu behako luke espainiar gobernuak, bere egungo politika berrikusiz eta distentsioa sendotzera, bakera eta normalizazio politikora lagunduko duten beharrezko erabakiak hartuz.

Ante el comunicado de ETA

El Comité Ejecutivo de ELA realizará mañana una valoración más extensa sobre el comunicado de ETA que se ha hecho público hoy domingo 5 de septiembre.

  1. En esta nota de urgencia, ELA quiere manifestar que valora positivamente la decisión de ETA de no llevar a cabo acciones armadas. Se trata de un gesto de distensión del todo necesario y deseable, además de ser coherente con las demandas reiteradas de nuestra sociedad.

  2. ELA pide a ETA que dé los pasos necesarios para que esta decisión se convierta en definitiva, y que acepte los términos propuestos en la Declaración de Bruselas realizada por significativas personas y entidades del ámbito internacional.

  3. ELA entiende además que una decisión de esa naturaleza debería ser recibida de manera prudente y responsable por el gobierno español, revisando su actual política y tomando aquellas decisiones que más puedan contribuir a la consolidación de la distensión, a la paz y a la normalización política.

viernes, 25 de junio de 2010

LOS CONVENIOS VASCOS FIRMADOS HASTA ABRIL FIJAN UNA SUBIDA SALARIAL DEL 1,49%

Datos de la patronal filtrados a Europa Press.
Y a nosotros no nos ofrecen ni el IPC.

Europa Press.

Los 390 convenios colectivos para 2010 firmados hasta el pasado mes de abril en Euskadi establecen un incremento salarial medio del 1,49 por ciento. Hasta la misma fecha, los trabajadores del resto del Estado lograron un aumento del salario del 1,27 por ciento.
Según datos del Consejo de Relaciones Laborales, recogidos por Europa Press, los convenios suscritos hasta abril de 2010 afectan a 178.635 trabajadores vascos.
Esto supone que 464.760 operarios (72,2% de los afectados por convenio) aún tienen que renovar sus condiciones laborales para este año, a través de la firma de 673 convenios que aún quedan pendientes. De ellos, 524 son de empresa (63.721 trabajadores) y 401.039 de sector (287.766 operarios).
Los operarios guipuzcoanos suscribieron 47 convenios, que afectan a 24.247 trabajadores, con un incremento de salario del 1,95 por ciento.

miércoles, 23 de junio de 2010

REFORMA LABORAL CONTRA LOS DERECHOS LABORALES

Una reforma CONTRA LOS DERECHOS LABORALES

Una reforma CONTRA LOS TRABAJADORES



REUNION COMITE + DIRECCION DE EMPRESA 10.06.23



BILERA AKTA / ACTA DE REUNION 10.06.10

ASISTENTES:

ENEKO URDANGARIN, ASIER ELORRIAGA, DANIEL SARAGA, MARISOL ALZA, SERGIO CUBERO

ORDEN DEL DIA:

Reunión de la mesa negociadora del convenio de la unidad Productiva AP1

Se traslada por parte de la empresa la propuesta de pluses nocturnos y festivos,la cual situa dichos pluses en 2,30 € durante los tres años de vigencia para la propuesta realizada por la empresa.

Desde los miembros del Comite de Empresa se traslada que esta propuesta de pluses supone incremento nulo (0) de dichos pluses.

Respecto del plazo en que se va ha realizar efectivo el abono de los pluses del 2.009, se informa se procederan a abonar en octubre.

Por parte de ELA se traslada que no se considera seria la propuesta y que ante tal situacion se dan por rotas las negociaciones hasta que no se plantee una propuesta seria. Por parte de UGT se traslada igualmente que no se ve un contenido social en la propuesta de la empresa y que dicha propuesta es de caracter regresivo, por lo que igualmente dan por rotas las negociaciones.

La empresa quiere dejar claro que no renuncia a seguir la negociacion y quiere dejar claro la voluntad por negociar, no obstante pa propuesta es acorde con la situacion actual y de partida considera que el convenio de la AP-1 es un convenio muy bueno y el esfuerzo parte en mantenerlo. Por otro lado y con respecto al aspecto social ya la empresa quiere dejar claro que la mayor parte de los aspectos que se plantearon en el anterior convenio y que mantienen fue por parte de la empresa y que ya se ha solitado en numerodsas ocasiones que se planteen necesidades reales del personal (calendarios ad hoc, licencias, horarios...) para poder estudiarlos. Considera a su vez que el unico aspecto social que se plantea en la propuesta del Comite son las horas relativas a los Delegados de personal.

Por parte de los miembros del Comite de Empresa se traslada que su propuesta si recoge otro contenido social aparte de las horas de los Delegados de personal, como por ejemplo calendarios de personal, ropa especifica para cada colectivo, etc.

En Zarautz a 23 de Junio de 2.010

martes, 22 de junio de 2010

VALORACIÓN DEL REAL DECRETO LEY DE REFORMA LABORAL

VALORACIÓN DEL REAL DECRETO LEY DE REFORMA LABORAL

(DE FECHA 16-06-2010)


0- INTRODUCCIÓN

El Gobierno español aprobó el 16 de junio el Real Decreto Ley para la reforma laboral. Antes de entrar a valorar este documento es necesario realizar algunas reflexiones:

  • Es inaceptable el proceso de diálogo social que se ha desarrollado- El proceso de diálogo social ha sido enormemente oscurantista, basado en un diálogo “secreto”, que ha tratado de que la población no esté informada sobre lo que realmente se ha discutido. El objeto de este proceso ha sido tratar de desmovilizar a la sociedad, cuando el resultado estaba cantado: una reforma para recortar los derechos laborales.
  • El gobierno pretende eludir el debate democrático, político y social- El gobierno español ha anunciado que pretende que el Real Decreto sea ratificado en el parlamento el día 22. De este modo, y como hizo al recortar los sueldos en el sector público y congelar las pensiones, utiliza un método excepcional, el Real Decreto Ley, para aplicar de inmediato unas medidas sin debate político y social en una cuestión de vital importancia, como es la regulación de los derechos laborales. Es una muestra más del carácter poco democrático de este gobierno.
  • La posterior tramitación de esta reforma como proyecto de ley, es evidente que empeorará el texto del 16 de junio. Es denunciable que se está jugando de esta manera con los derechos laborales, que se convierten en mercancía. Parece que hemos entrado en una puja para ver quién recorta más derechos y, de esta forma, recibe el beneplácito de las élites económicas y financieras. Es lamentable que se actúe de esta manera a costa de los trabajadores y trabajadoras.

I- PUNTOS PRINCIPALES

El Real Decreto Ley aprobado presenta los siguientes elementos como los más importantes:

1. Facilitar y abaratar el despido

El Real Decreto Ley facilita todavía más el despido y lo abarata. Ello se hace por tres vías:

  • Transformar despidos que hasta ahora eran improcedentes en procedentes- El despido objetivo procedente supone una indemnización de 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades. El improcedente (no justificado) es libre, pero no gratuito (supone 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades). Se amplía la vía para que los despidos sean considerados objetivos. La redacción abre las posibilidades tanto para el despido por causas económicas como para los despidos por causas técnicas, organizativas, o productivas. Además, se reducen las obligaciones de las empresas a la hora de acreditar dichas causas. Sera suficiente “justificar que se deduce mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva”.
  • El preaviso del despido objetivo pasa de ser de 30 días a 15 días.
  • Extender el contrato de fomento de la contratación indefinida (CFCI) para que se utilice menos el contrato indefinido ordinario- En este punto, la principal novedad es que se vuelve a aceptar que el CFCI se utilice para conversiones de contratos temporales en indefinidos, y también para contratar a hombres de 30 a 45 años (con algunas excepciones mínimas). Esto supondría que, a partir de ahora, el contrato indefinido habitual será éste, frente al ordinario. La diferencia radica en que el CFCI tiene una indemnización por despido improcedente de 33 días por años trabajado (en lugar de los 45 días del ordinario) con un tope de 24 meses (42 en el contrato ordinario). Además, disfruta de bonificaciones para las empresas.

2. Ataque a la negociación colectiva, facilitando que las empresas paguen menos que lo que marcan los convenios e impulsando que se puedan realizar sin acuerdo modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo

La reforma supone un retroceso en lo que respecta al valor de la negociación colectiva, con el claro objetivo de aumentar la flexibilidad laboral decidida por la empresa.

La reforma laboral de 1994 incorporó la cláusula de descuelgue salarial, abriendo la posibilidad de que no se cumpla el convenio en materia salarial, con acuerdo entre las partes. Ahora se plantea una nueva vuelta de tuerca, ya que se establece como contenido mínimo del convenio “procedimientos para solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan surgir en la negociación para la no aplicación del régimen salarial…”. Así se fuerza el descuelgue salarial.

Además, se pretende que, a falta de acuerdo entre la empresa y la representación sindical, sea más fácil para las empresas realizar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Para ello se incluye como materia a la que puede afectar la modificación la de “horario y distribución del tiempo de trabajo” (antes sólo “horario”, con lo que ahora, se facilita el cambio de distribución de la jornada regular a irregular y el cambio de la distribución irregular existente previamente pactada). Y tanto para realizar estas modificaciones como para el descuelgue salariar “será necesario acudir a los procedimientos de mediación establecidos al efecto por medio de convenio colectivo o acuerdo interprofesional. Los convenios y acuerdos interprofesionales podrán establecer el compromiso previo de someterse a un arbitraje vinculante para los casos de ausencia de avenencia en la mediación,…”.

3. Subvencionar el despido a las empresas

El abaratamiento del despido no acaba ahí. El gobierno de Zapatero ha aprobado subvencionar el despido de quienes a partir de ahora firmen un contrato indefinido. Para ello establece que el Fogasa asuma 8 días por año en los despidos procedentes de los nuevos contratos indefinidos. De esta forma las nuevas indemnizaciones que pagarán las empresas a la hora de despedir a quienes a partir de ahora se contrate de forma indefinida serán de 12 días en los despidos objetivos, que, como hemos dicho, se facilitan enormemente.

Pero es que, además, se anuncia la constitución de un denominado Fondo de Capitalización para los Trabajadores (sin que suponga más cotizaciones sociales para las empresas), cuya regulación no se concreta. En caso de despido la cuantía de este fondo servirá para aminorar la indemnización que tendría que pagar la empresa.

4. Introducción de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro y extensión del papel de las ETTs

En los últimos años se han ido dando pasos en la creciente mercantilización de la intermediación laboral. El monopolio de los servicios públicos de empleo dio paso a múltiples entidades que han hecho de la formación y de la intermediación laboral su campo de negocio.

La reforma da un nuevo paso en esta dirección, al permitir la actuación de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro. Se modifican las leyes (entre ellas la Ley de Empleo) para considerarlas entidades colaboradoras que van a participar en todos los ámbitos. De esta forma se recoge la obligación de las personas en desempleo de atender a los diversos tipos de requerimientos que les realicen este tipo de entidades, que, repetimos, buscan el lucro económico.

Por otra parte, se aprovecha la trasposición de la Directiva europea de ETTs para dar a éstas un mayor papel, básicamente por dos vías:

  • Permitir su actuación en sectores de los que hasta ahora estaban excluidas- La limitación queda restringida a unos pocos casos, muy concretos. La “negociación colectiva interprofesional o de carácter sectorial estatal en el ámbito de las actividades de la construcción, la minería a cielo abierto y de interior...” “con anterioridad al 31 de diciembre de 2010” podrá limitar la puesta a disposición de trabajadores. Desde 1-01-2011, las ETTs pueden actuar respetando las limitaciones que hubieran podido establecerse mediante la negociación colectiva, con sujeción a algunos requisitos mínimos.
  • Se incorpora una disposición adicional que “suprime todas las limitaciones o prohibiciones actualmente vigentes para la celebración de contratos de puesta a disposición por las ETTs” salvo en los casos mencionados anteriormente. De esta forma se dejan sin eficacia legal las limitaciones o prohibiciones establecidas, tanto en la ley como en la negociación colectiva en el resto de sectores o empresas a la actuación de las ETTs.

5. Facilitar la suspensión del contrato y la reducción de jornada por causas económicas en los procedimientos colectivos (EREs)

El contrato puede suspenderse por causas económicas.... (art. 47 ET). El procedimiento es el de la extinción colectiva, sólo que ahora será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores y trabajadoras de la empresa y el número de personas afectadas.

Ahora también, podrá reducirse la jornada (figura no contemplada en el art. 47 ET hasta ahora). Se entenderá por reducción la disminución entre un 10 y un 70%, computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Se permite estar en esta situación sin límite de tiempo.

Se aumenta la bonificación a las empresas (del 50 al 80%), pero no se mejora la regulación de la protección por desempleo, que penaliza al trabajador o trabajadora que tiene que acudir a esta fórmula. Este aumento de la bonificación se condiciona a un proceso formativo del personal afectado. El mayor papel de la “formación” es una constante en todo el texto del gobierno.

6. Pretendida reducción de la contratación temporal y favorecimiento del contrato indefinido

La reforma limita la utilización legal del contrato de obra o servicio y limita el encadenamiento de los contratos temporales, pero el problema en estas cuestiones, más que la legalidad, es el fraude en la contratación temporal, con lo que es muy cuestionable que estas medidas vayan a suponer avances reales.

Respecto al aumento de la indemnización por fin de contrato de obra de 8 a 12 días por año de servicio, hay que decir que se impone una implantación gradual: los 8 días actuales se aumentan a 9 el 1 de enero de 2012, y cada año se aumenta un día, con lo que no se llega a 12 hasta 2015.

7. Medidas en relación al empleo de las personas jóvenes y desempleadas

Se mantienen los criterios mantenidos hasta ahora:

-Bonificaciones de cuotas por la contratación indefinida

-Bonificaciones de cuotas en los contratos para la formación

-Se incluye el desempleo entre las contingencias protegidas

Además, en los contratos formativos, se mantiene la posibilidad de que, salvo que en convenio se fije otra cosa, el salario del primer año sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En el segundo año se “mejora” hasta el SMI.. Por otra parte, transitoriamente, hasta el 31-12-2011, el límite de edad (mayores de 16 y menores de 21) se eleva a 25 (menores de 25).

Los contratos en prácticas pasan a poder realizarse en los cinco años siguientes a la obtención del título (hasta ahora, cuatro).

II- CONCLUSIONES

El Real Decreto Ley aprobado supone:

  • Un grave retroceso de los derechos laborales- Esta conclusión se desprende claramente del análisis realizado en el apartado anterior. A ello hay que añadir que todo indica que el texto que resulte del trámite parlamentario futuro será peor.
  • Un ataque a la esencia de la negociación colectiva y de las relaciones laborales- La reforma debilita el papel de la negociación colectiva, al pretender que los empresarios puedan eludir el cumplimiento de los acuerdos en materias tan relevantes como el salario o las condiciones de trabajo.
  • Aprovechar la crisis para reforzar el poder empresarial- La reforma trata de aprovechar la coyuntura de crisis económica para que en las relaciones laborales la patronal mejore su correlación de fuerzas, debilitando a la parte más débil, que es el trabajador o trabajadora.
  • Un recorte de los costes laborales- Las medidas que se han aprobado reducen los costes laborales de las empresas, y facilitan la sustitución de empleo de calidad por empleo precario.
  • Da satisfacción a las demandas tradicionalmente defendidas por el poder económico, financiero y mediático. Es el mundo al revés, ya que se pone la política al servicio del capital, renunciando a las políticas de justicia social, necesarias y posibles.

Nos encontramos ante una nueva reforma que va en la misma dirección de todas las aprobadas anteriormente, y de nuevo se utilizan dos excusas para justificarlas, ambas falsas:

  • La reforma laboral no creará empleo- Se pretende hacer creer a la población que la reforma laboral va a crear más empleo. Ninguna reforma laboral anterior ha supuesto más puestos de trabajo, y ésta tampoco lo hará. Lo que sí va a suponer es que sea más fácil y barato el despido.
  • La reforma laboral no reducirá la precariedad- La reducción de la temporalidad se ha convertido en la excusa para todas las reformas anteriores. La precariedad no ha hecho sino crecer, y esta reforma va en la misma dirección que las anteriores, por lo que no es creíble que sus consecuencias sean diferentes. En términos reales la reforma supone empeorar las condiciones de trabajo de quienes tienen un empleo, por lo que la precariedad va a ser mayor. Y la reducción de la contratación temporal depende de la lucha contra el fraude en la contratación, a lo que la administración no está dispuesta.

martes, 15 de junio de 2010

AFILIATU !!! ¡¡¡AFILIATE!!!

AFILIATU !!!

Langileen azken batzarrean azaldu genizuen bezala eta azken egunetako gertaerak eta datozenak ikusita sindikatu batera afiliatzea biziki gomendatzen dizuegu.

GUK ELA AHOLKATZEN DIZUGU

ELA bere kideei lan gaiei buruzko aholkularitza eta defentsa ematen die. Lantalde batek etengae dihardu lanean afiliatuen arazoak konpontzeko.

Beraz gerta letekenari aurre egiteko eta babestuta egoteko AFILIATU ZAITEZ !!!


Afiliatzeko ELAk BIDELANen duen ordezkaritako batekin jar zaitez harremanetan, urbildu zure herriko ELAren egoitzara edo Klikatu EMEN


Tal y como se os comento en la ultima asamblea de trabajadores celebrada en Bergara y en vista de los ultimos acontecimientos que estan ocurriendo recomendamos a los trabajadores que aun no esten afiliados a que lo hagan cuanto antes.

NOSOTROS TE RECOMENDAMOS QUE LO HAGAS EN ELA.

ELA ofrece a sus afiliados informacion,asesoramiento y defensa en todo tipo de temas laborales.

Por lo que viene y por lo que puede ocurrir AFILIATE !!!


Para afiliarte ponte en contacto los delegados que cuenta ELA en BIDELAN o acercate a la sede de ELA de tu pueblo o bien clica AQUI

viernes, 11 de junio de 2010

actas reuniones comite direccion empresa

Todas las actas las podreis encontrar en este blog o en nuestra pagina web

www.comiteap1.webcindario.com

jueves, 10 de junio de 2010

REUNION COMITE + DIRECCION DE EMPRESA 09.06.10


BILERA AKTA / ACTA DE REUNION 10.06.10

ASISTENTES:

ENEKO URDANGARIN, ASIER ELORRIAGA, DANIEL SARAGA, MARISOL ALZA, SERGIO CUBERO

ORDEN DEL DIA:

Reunión de la mesa negociadora del convenio de la unidad Productiva AP1

Se realiza por parte de la empresa de una presentación de la propuesta realizada hace un par de semanas.

Respecto de los representantes de los trabajadores, estos trasladan que consultados sus bases sindicales, asesores, etc.…no toman en consideración la propuesta de la empresa y no consideran que sea una respuesta aceptable a la propuesta que a su vez ellos realizaron, además de no observar beneficios sociales ni de ningún otro tipo.

Desde la empresa se traslada que su plataforma no buscaba, y así se transmitió, ser una respuesta a la plataforma de los trabajadores, so no ser una propuesta independiente.

Se solicita por parte de los trabajadores una propuesta relativa a los pluses nocturnos y festivos, detallando base de partida y porcentaje de incremento.

Igualmente, se consulta el plazo en que se va hacer efectivo el abono de los pluses del 2009 conforme al convenio AP-1.

Se traslada por parte de los trabajadores, que no se ha realizado hasta la fecha el abono del segundo viaje aquellos trabajadores de peaje que han venido realizando durante su jornada de trabajo desde el 2.009. A este respecto se responde que no se tenia constancia de ninguna irregularidad al respecto, por lo que se va a estudiar el historial del caso y analizarlo en profundidad.

La empresa traslada a los delegados de personal la necesidad de que los trabajadores con ciclos de trabajo 7.7/7.7/7.5 sepan que la existencia de estos calendarios especiales se sustenta en la búsqueda de un equilibrio entre la vida familiar y laboral, sin obviar una de ellas y que organizativamente tienen que mantenerse siempre y cuando no supongan un perjuicio constante para la empresa. En este sentido la empresa cree conveniente comunicar que estará por la labor de mantener dichos calendarios siempre y cuando se mantengan las condiciones beneficiosas para ambas partes. En este sentido, la empresa se pondrá en contacto con los delegados cuando considere que existe un abuso que merma el mantenimiento de este acuerdo cara a solucionar este tema.

En Zarautz , a 9 de Junio de 2.010

Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.