lunes, 22 de enero de 2024

PRECO Ordainlekuko Egutegia Calendario Peajes



 Joan den ostegunean PRECO izan genuen egutegien gaiarekin eta ez zen inolako akordiorik lortu, enpresak negoziaziorako eta akordiorako itxita jarraitzen du eta gure aldetik aurrera jarraituko dugu gaiarekin.

Langileen harridurarako (edo ez), UGTk enpresako zuzendaritzarekin hartu zuen jarrera.

Enpresako zuzendaritzak leporatzen digu aurkezten dugun egutegia diskriminatzailea eta adoc eginda dagoela, agerian geratzen denean beraien egutegi dela diskriminatzailea eta adoc egindakoa, pertsona bati mesede egiten diolako eta gutxienez 11ri kalte egiten diolako.

Zuzendaritzak jarrera aldatuko balu, gure aldetik prest gaude adostasun batera iristeko.

Epaiketaren berri emango dizuegu egunez, eta, bitartean, ezartzen diguten egutegia egiten jarraitzea besterik ez zaigu geratzen, bestela hutsegite larria egingo genukeelako eta zigorrak ere ekar genitzakeelako.

El jueves pasado tuvimos el PRECO con el tema de los calendarios y no se llego a ningún acuerdo, la empresa sigue cerrada a la negociación y a un acuerdo y por nuestra parte seguiremos adelante con el tema.

Para sorpresa (o no) de los/as trabajadores/as UGT se posiciono con la dirección de la Empresa.

La dirección de la empresa nos acusa de que el calendario que presentamos es discriminatorio y hecho adoc cuando salta a la vista que el calendario discriminatorio y hecho adoc es el que presentan ellos ya que favorece a una persona y perjudica mínimo a 11.

Por nuestra parte estamos abiertos a dialogar

Os tendremos informados de día del juicio y mientras tanto no nos queda otra que seguir haciendo el calendario que nos imponen ya que de lo contrario estaríamos incurriendo en falta grave y nos podría traer hasta sanciones.


Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.