jueves, 28 de octubre de 2010

PLUS VESTUARIO ARTICULO 43. ROPA DE TRABAJO

Antolakuntza eta Giza Baliabidetik jakinarazten digute urriako nominan 44€ ordainduko zaiela Bidesariko eta Komunikazioko langileei oinetakoak erosteko
Desde el area de RR.HH nos informan que en la nomida de octubre se abonara al personal de peaje y comunicaciones 44€ para la adquisicion de zapatos.

Artículo 43. Ropa de Trabajo

Son prendas de trabajo aquéllas que el trabajador debe emplear, bien para una correcta presentación ante los usuarios de la Autopista, bien para la realización de los cometidos propios de su labor en todas o en algunas circunstancias.

La Empresa sufragará, a su costa, la adquisición, confección y renovación de las prendas de trabajo.

El uso de la prenda de trabajo será limitado exclusivamente dentro de las dependencias de la Empresa, y su empleo fuera de ella se considerará como falta leve o menos grave, susceptible de sanción, excepto cuando sea por motivo o consecuencia de su trabajo.

Cada DOS años se abonara la cantidad de 44 euros para adquisición de Zapatos.

martes, 26 de octubre de 2010

REUNION CALENDARIOS

Antes de que arda el telefono, pasamos a informaros la reunion de hoy a falta del acta del dia.
Como muy bien sabeis hoy nos hemos reunido con la Direccion de la Empresa para tratar el tema de los calendarios 2011 de los trabajadores de Bidelan AP1

Conservacion OK, Aceptan el calendario que se les paso
Agentes de Campo OK, Aceptan el calendario que se les paso
Comunicaciones A la espera de solucionar el tema de los jefes de turno, hasta que se solucione este tema la Direccion de la Empresa nos ppide tiempo, + - mediados de Noviembre
Peajistas Ante el cambio de calendario y de ciclo solicitado por los trabajadores la empresa nos pide tiempo hasta el viernes

sábado, 9 de octubre de 2010

GEROA


LANGILEEN ESKAERARI ERANTZUNEZ, GEROAKOEKIN BILERA BAT ANTOLATU DUGU

A PETICION DE LOS TRABAJADORES HEMOS ORGANIZADO UNA REUNION CON GEROA

NOIZ URRIAK 25 OCTUBRE
ORDUA / HORA 16:00
NUN ONDARTZA BASERRIAN
HIZLARIA VIRGINIA OREGI
GERENTE GEROA EPSV

viernes, 1 de octubre de 2010

BIDEO OSO ONA

VIDEO MUY BUENO , ESPECIALMENTE EL MINUTO 5:29
IKUSI
Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.