miércoles, 22 de abril de 2015

RESUMEN REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2015.04.22

Gaurko bileran denetaz hitz egin dugu orokorrean, baina argi utzi diogu enpresa Zuzendaritzari puntu bat edo beste kendu edo mugitzera prest gaudela baina txartelaren gaia ukitu ezina dela.

Datorren bilerarako idatzi ekarriko digute enpresa proposamen berri bat.


En la reunión de hoy con la Dirección de Empresa hemos hablado de todo en general, pero le hemos dejado claro a la Dirección que estamos dispuestos a tocar algún punto que otro, estamos dispuestos a retirar alguno, pero que el tema de la tarjeta es innegociable.

La Dirección se compromete a traer por escrito una nueva propuesta para la siguiente reunión a celebrar el próximo 5 de mayo

martes, 21 de abril de 2015

Prekaritatearen aurkako Maiatzaren Lehena / Un 1º de Mayo contra la precariedad

2015eko Maiatzaren Lehena erronkaz eta berrikuntzaz beterik dago gure sindikatuarentzat. Langile-jendearentzat hain egun garrantzitsua izanik, jai-giroko erreibindikazio-eguna izango da, betiko moduan. ELAk nahi du salatu enpresarien helburu nagusia prekaritate laboral eta soziala zabaltzea dela. Honen aurrean argi eduki behar dugu langile-klase antolatua dela indarra ematen diguna. 
El Primero de Mayo del 2015 se presenta lleno de retos y novedades para nuestro sindicato. La jornada seguirá teniendo, como no podía ser de otra manera, el carácter reivindicativo y festivo propio de una fecha tan importante para la clase trabajadora. La lucha contra la precariedad laboral y social será el eje de este 1ª de Mayo.

 Leer comunicado del 1º de Mayo

viernes, 10 de abril de 2015

RESUMEN REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2015.04.08



RESUMEN REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA 

La empresa propone una subida salarial del IPC (2014 ) + 0,7% PARA EL 2015 Y 2016 aplicables a los conceptos de salario base, quebranto, antigüedad y gratificación y paga de marzo. 

Para el plus de Navidad una subida hasta  75€ 

También se realiza la siguiente propuesta para las vacaciones del Centro de Control y Vigilancia: 

En la época comprendida entre el 01 de julio y 30 de Septiembre (Verano) 15 días dentro del periodo estival y los 15 días restantes en otros meses del año, o 30 días consecutivos dentro del mes natural.  

Las diferentes opciones son  
.- Mes de 30 días: del 01 al 15 o del 16 al 30 
.- Mes de 31 días: del 01 al 15, del 16 a 30 o del 17 al 31 
.-  Mes de 31 días: del 01 al 30 o del 02 al 31 (dentro del mes natural) 

No se podrán disfrutar de dos quincenas en diferentes meses del periodo de verano. 
En todo caso, se tendrán en cuenta las necesidades del servicio que establezca la empresa. 
Si se opta por disfrutar de todas las vacaciones fuera de la época de verano, los periodos vacacionales serán de 20 y 10 días respectivamente o de los 30 días consecutivos, manteniendo dentro de los grupos vacaciones establecidos el orden preferencial, ya que, si el primero del grupo elige una fecha determinada el siguiente no podrá elegir la misma fecha y así sucesivamente siguiendo el mismo criterio que en la época de verano. 
Se podrían optar también a 3 periodos de 10  y periodos de 14+16 días. En caso de que alguno de estos periodos sea en verano deberían de estar dentro de las quincenas establecidas*. 
Durante el periodo de verano el computo de los días de vacaciones se realizara desde la primera jornada de trabajo en que se falte por este motivo (no es obligatorio que sea primer día de ciclo) Fuera de verano el primer día de vacaciones no es necesario que sea laborable. 
En cada turno de trabajo deberán de trabajar un fijo, por lo que en caso de coincidencia de los periodos vacacionales de dos fijos, los trabajadores deberían de realizar un cambio de turno entre ellos para asegurar la presencia de un fijo por turno. 
Se incorpora la posibilidad de solicitar una quincena o 10 días en el mes de diciembre del 18 al 01 de enero del año siguiente (Trabajadores que deseen solicitar sus vacaciones en dicha segunda quincena) 
Ambas partes se comprometen a enviar por escrito sus propuestas con un par de días de antelación. 
Próxima reunión 22 de abril a las 09:30
Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.