jueves, 28 de marzo de 2019

BIDELAN AP-8 REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA 28 DE MARZO DE 2019


Hoy se ha celebrado la segunda reunión de negociación del nuevo convenio colectivo
de Bidelan AP-8.

Art.1.- Objeto y ámbito territorial. La empresa plantea especificar en el artículo 1 a qué personal se va a aplicar el nuevo convenio. En el actual convenio se establece que el mismo se aplicará al personal a su servicio en la autopista AP-8 , que trabaje en los centros que se ubican en el territorio histórico de Gipuzkoa. A pesar de que el personal de oficinas, atención al cliente y control de sistema AT cumplen ambos requisitos se plantea que este personal no esté incluido en este convenio colectivo.
LAB y CCOO manifiestan estar de acuerdo con el planteamiento de la empresa.

Art.3.- Vigencia. La empresa plantea un convenio de 4 años de duración, aunque las cuestiones que se vayan generando con motivo de los procesos de automatización sean gestionados año a año.

Art.7.- Plantilla de trabajo. Respecto a la anulación de la parte no garantista del artículo, la empresa se cierra en banda alegando que la reducción de plantilla va a ser una realidad. Respecto a la regulación para la provisión y promoción de las vacantes planteada por ELA la empresa se niega a crear una herramienta para gestionar la cobertura de las vacantes.

Art.8.- Jornada de trabajo. ELA plantea reducir 20 horas por cada año de vigencia, llegando a las 1608 horas en 2020. Este es el acuerdo firmado en la empresa que gestiona la autopista en el tramo bizkaino, acuerdo firmado por los mismo sindicatos con representación en la AP-8.
La empresa no cuantifica la reducción de jornada pero manifiesta que en todo caso, no va a ser automática y que irá unido a la duración del convenio. Respecto a otras cuestiones de este artículo plantea adecuarlo a la realidad actual y hablar de manera abierta de los cambios de turno (sic).
Al planteamiento de que el sábado tenga consideración de día festivo, la respuesta es no.

Art.9.- Contrataciones. Con la nueva situación debido a la automatización, la empresa manifiesta que a pesar de que el sistema va a ser vivo, no va a haber muchas oportunidades de cambio entre secciones.

Art.11.- Descanso jornada continua. Propuesta de ELA de ampliar de 15 a 20 minutos. Respuesta de la empresa, no.

Art.12.- Relevo turnos de trabajo. Propuesta de ELA de cómputo de 15 minutos por turno. Respuesta de la empresa, no.

Art.13.- Trabajo en Navidad. Propuesta de ELA de compensación económica de 100 €. Respuesta empresa: no.

Art.14.- Retribución. La empresa plantea incrementos del IPC para cada año.

Art.17.- Horas extraordinarias. La empresa manifiesta estar de acuerdo con el planteamiento de ELA de disfrutar en tiempo las horas extras generadas. Informa que la mayoría del personal opta por el disfrute en tiempo y que pasará el dato. La solicitud de cubrir obligatoriamente cuando se disfruten las horas extras, no, puesto que aunque la voluntad de la empresa con carácter general sea ésa, en la nueva realidad puede ocurrir que no exista tal necesidad.

Art.18.- Antigüedad. A la solicitud de ELA de ampliar un quinquenio (hasta seis), la respuesta de la empresa, no. A las cuantías propuestas por ELA, no.
La propuesta de la empresa; congelación. Considera que las cuantías ya son suficientemente altas.
Respecto a la no penalización por reducción de jornada por guarda legal solicitada por ELA, la respuesta de la empresa, no.

Art.20.- Vacaciones. Respecto a la propuesta de ELA de ampliar el periodo de disfrute, la empresa únicamente toma nota. Sobre ampliar lo regulado para peaje a otras áreas, pendiente de estudio.

Art.21.- Bajas por enfermedad o accidente. A la solicitud de ELA de ampliar el abono de los pluses nocturnos y festivos a periodos de IT (sólo en ese caso cobraríamos el 100% en caso de baja), respuesta de la empresa, no.

Art.23.- Seguro de vida y accidentes. Ante la solicitud de incrementos de cuantía la empresa manifiesta que tienen problemas incluso para acordar con compañías de seguros la garantía de las coberturas necesarias.

Quedan materias todavía por abordar, que se debatirán en la próxima reunión de
negociación (16 de Abril de 2019).

Una vez analizada la respuesta de la empresa a la plataforma reivindicativa de ELA, su planteamiento es NO a prácticamente todas las propuestas.

La empresa busca un convenio de larga duración, ya que entiende que favorece a sus intereses y prácticamente todos lo planteamientos están supeditados a la automatización y las consecuencias que ello va a tener en la futura plantilla.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.