jueves, 7 de febrero de 2013

ELA rechaza la propuesta de Confebask sobre EPSVs que ha hecho suya el Gobierno Vasco

ELA recuerda que capital de esas EPSVs (Elkarkidetza, Geroa e Itzarri)no es ni del gobierno ni de la patronal, sino de los trabajadores y trabajadoras, y tiene un fin social. Es incomprensible (y muy definitorio de su posición) que el Gobierno decida hacer suya la posición de la patronal e inicie gestiones para hacerla realidad sin tan siquiera recabar la opinión de los sindicatos. 
 
ELA hace pública su posición en relación con la propuesta de Confebask (que el Gobierno Vasco parece haber hecho suya) para que las EPSVs destinen parte de su capital a facilitar crédito a las empresas. ELA quiere recordar la representación que tenemos los sindicatos, y ELA en particular, en las EPSVs de empleo (Elkarkidetza, Geroa e Itzarri) y, por tanto, la legitimidad para que nuestra opinión sea tenida en cuenta.

ELA desea realizar las siguientes valoraciones sobre la propuesta.

EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO.
  • EL GOBIERNO NO CUENTA CON LOS SINDICATOS. Nos parece incomprensible (y muy definitorio de su posición) que el Gobierno decida hacer suya la posición de la patronal e inicie gestiones para hacerla realidad sin tan siquiera recabar la opinión de los sindicatos. El capital de esas EPSVs no es ni del gobierno ni de la patronal, sino de los trabajadores y trabajadoras, y tiene un fin social.
EN RELACIÓN CON EL PAPEL QUE DESEMPEÑAN LAS ENTIDADES FINANCIERAS EN LA ACTUALIDAD.
  • INSUFICIENCIA DE CRÉDITO y KUTXABANK. Quienes defienden esta propuesta (Confebask y Gobierno Vasco) dan por bueno el funcionamiento del sistema financiero vasco y en particular el de Kutxabank. Nosotros no. Tras la bancarización de las Cajas que, según afirmaron “posibilitaría lograr músculo y fortaleza y haría fluir el crédito a las empresas y particulares”, no hay crédito, o el que existe se da a un interés de usura.
  • NO A LA PRIORIDAD ESPECULATIVA DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS. Por el contrario, Kutxabank, al igual que otras entidades bancarias, orienta su actividad financiera a especular con la deuda pública que emiten las Administraciones, por la que obtiene unos cuantiosos intereses que pagamos los ciudadanos con recortes sociales. En nuestra opinión, hay que exigir a los partidos que acaparan los puestos en el Consejo de Administración de la entidad que asuman sus obligaciones y expliquen qué está sucediendo con Kutxabank, qué se está haciendo con nuestros depósitos y en qué queda la función social de las antiguas Cajas de Ahorro. Asimismo, ELA ha denunciado la apuesta de Kutxabank por la destrucción de empleo, tanto directo como subcontratado. Es obvio, en nuestra opinión, que no hay mejor “Obra Social” en esa institución que la defensa del empleo.
  • LA ADMINISTRACIÓN VASCA PAGA INTERESES POR SU DEUDA A UN PUNTO MÁS QUE LA DEL ESTADO. No parece, si atendemos a los datos macroeconómicos, que esté justificado que la Administración Vasca pague más por su deuda que la española; nos resulta imposible de entender. Si a eso añadimos que los “favorecidos” por la compra de esa deuda son, entre otras, las entidades financieras, resulta más inaceptable. Esa política con la deuda pública del Gobierno Vasco hace que aumente significativamente el pago de intereses en los Presupuestos públicos, razón esta, tras la reforma constitucional, para que ese mismo Gobierno justifique más recortes sociales.
  • LA PATRONAL SE PASEA DE LA MANO DE LOS RESPONSABLES DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS. Llama la atención que la patronal, que afirma que no logra crédito para sus necesidades de financiación, pasee por sus juntas a los responsables de las mismas. La falta de crédito trae consigo otro efecto: los empresarios concentran su interés en el ataque a los salarios. También en eso han coincidido la patronal vasca y los responsables de las entidades financieras.
LAS EPSVs Y SU PREOCUPACIÓN POR LA ECONOMÍA REAL
  • LAS EPSVs FINANCIAN PROYECTOS DE ECONOMÍA REAL. Es obligado recordar que en la actualidad estas EPSVs ya financian proyectos empresariales. De hecho, ello se está haciendo con total normalidad mediante un procedimiento en el que se evalúan los proyectos de inversión que se presentan y se decide qué se financia en las respectivas Juntas de Gobierno.
  • La propuesta que el gobierno ha trasladado (que conocemos por vía indirecta) plantea que las EPSVs cedan parte de su capital a dos entidades financieras (Kutxabank y Caja Laboral) para que sean éstas las que gestionen la adjudicación de créditos a las empresas que lo soliciten. El gobierno establece que por realizar esa gestión esas entidades financieras cobrarían un porcentaje del capital gestionado. Nos parece simplemente inaceptable.
  • PRIORIDAD SOCIAL Y NO ESPECULATIVA. Pudiendo discutirse qué parte del capital de las EPSVs se destina a la financiación de proyectos empresariales, ELA defiende que el procedimiento existente en la actualidad debe mantenerse. Defendemos el fin social de estas EPSVs, y eso nos obliga a actuar con especial cuidado en relación con la gestión de los patrimonios y con qué tipo de actividades se financian.
EN RELACIÓN CON EL FUTURO DE LAS EPSV de EMPLEO.
  1. Quienes pretenden disponer del capital de las EPSVs (el Gobierno) son los mismos que han decidido dejar de hacer aportaciones (a Elkarkidetza e Itzarri). La decisión de dejar de aportar por parte de las Administraciones (se desconoce cuánto va a durar) pone en grave riesgo el futuro de esas entidades.
  2. Por otro lado, el futuro de GEROA está cuestionado desde la aprobación de la última reforma laboral y de negociación colectiva, que ha herido de muerte la obligatoriedad de la negociación sectorial. GEROA, hoy por hoy, tiene condicionadas las aportaciones a la continuidad de la negociación sectorial.
  3. Nos parece imprescindible que se aborden soluciones integrales para garantizar el futuro de las EPSVs, definir su modelo y garantizar sus objetivos de previsión social, huyendo de planteamientos financieros y especulativos.
  4. ELA quiere recordar que el gobierno del PSE-EE modificó la ley de EPSV para, entre otras cosas, negar validez a las mayorías sindicales en la toma de decisiones de las Juntas de Gobiernos de las EPSV de empleo. Un hecho que fue criticado por ELA por antidemocrático. ELA advierte al gobierno del PNV que considerará una agresión inaceptable la decisión de aplicar esa ley, algo que, además de vulnerar las reglas democráticas, supondría un quebranto del funcionamiento real de las EPSVs de empleo que hasta ahora hemos tenido.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.