Permisos
MOTIVO | DURACION | OBSERVACIONES |
A/ Matrimonio | Dieciocho (18) días naturales | Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones. |
B/ Licencia por nacimiento de hijo (*) | Tres (3) días | A partir del día del parto. |
C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres | Cuatro (4) días naturales | En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario |
D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos | Dos (2) días naturales | con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día. |
E/ Fallecimiento de Tío | Un día (1) natural | |
F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos | Un día (1) natural | |
G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos | Un día (1) natural | Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo |
H/ Por traslado de domicilio | Un día (1) natural | |
I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres. | Tiempo necesario | Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65 |
J/ Cumplimiento de deber público. | Tiempo imprescindible | Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley. En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa. |
K/ Exámenes para obtener títulos oficiales | Tiempo imprescindible | |
L/ Para realizar funciones sindicales | 16 horas mes | En los términos establecidos legalmente |
M/ Lactancia | | Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual). |
N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación | Hasta tres días naturales (3) | Según la siguiente tabla de Kms: De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural. De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales Más de 1.501: tres días naturales. |
O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado. | Tiempo imprescindible |
Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G
#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.
3 comentarios:
ADELANTE , con dos cojones y todo nuestro apoyo desde la A8, ojala nuestro comite os copia y salimos todos juntos
ADELANTE !!!
icannoti750Estamos con vosotros, tod@s vamos a perder el Convenio si no nos movemos.
Que tiene que ocurrir para que reacionemos y nos movilizemos ante lo que nos esta ocurriendo????
Realmente somos conscientes de lo que nos viene encima??????
"MARCHEMOS, GRITEMOS, PROTESTEMOS. QUE CUANDO SE ESCRIBA LA HISTORIA DE ESTE TIEMPO QUE NOS TOCO VIVIR, SE SEPA QUE NO ESTUVIMOS DE ACUERDO"
Raul Gonzalez Tuñon (Escritor y Poeta Argentino)
Eso mismoo tendriamos ke hacer juntarnos desde irun asta gazteis y darles caña ke ya esta bien !!! Esto tiene que empezar moverse que nos comen la tostada!! Juntos podemos!!
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