sábado, 9 de febrero de 2013

KONBENIOAREN APLIKAZIOA BORROKATU DEZAGUN !!!




Negociación Colectiva: 
2013 es el año en el que se cambia la Negociación Colectiva,no podemos perder. 
Los puntos de lucha son la ultractividad y la inaplicación de la reforma laboral. Hay una clara ofensiva contra el salario, bajada de las condiciones generalizadas de trabajo. Van contra la Negociación Colectiva que conocíamos hasta ahora.

Nuestro modelo sindical es estar en las empresas, el dialogo social distrae al sindicato y es lo que interesa a otros.

Hay verdaderas dificultades. No se puede engañar a la gente.

TIPI-TAPA-TIPI-TAPA  BORROKA !!!

2 comentarios:

Urola Kosta dijo...

Gaur Urola Kostako Hitzan hau dator;
Uztailaren 8rako adostasunik lortzen ez bada, ordea, Espainiako Lan Hitzarmena jarriko dietela indarrean adierazi dute, eta horrek langileei “ondorio negatiboak” eragingo dielakoan dira; “Espainiako hitzarmena langileontzat oso kaltegarria da"
Hau gure AIton Amonen egoitzetan gertatzera doa....eta zergatik ez AUTOPISTETAN ?????

Urola Kosta dijo...

Y no lo dice solo ELA, Si pueden reducir el jornal y subir la jornada en las REsidencias de Ancianos por que no en las AUtopistas
Esta en nuestras manos
http://www.diariovasco.com/v/20130131/economia/pide-apoyo-diputacion-para-20130131.html

UGT pide el apoyo de la Diputación para garantizar un nuevo convenio de residencias

La Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT-Euskadi pidió ayer al diputado de Bienestar Social de Gipuzkoa, Ander Rodríguez, su «apoyo y colaboración» para evitar que el Convenio provincial de Residencias de Mayores desaparezca. La central advirtió de que si no se logra un acuerdo antes del próximo 8 de julio este convenio que afecta a cerca de 4.000 trabajadores, en su mayoría mujeres, «corre el riesgo de desaparecer».
Y es que después de la última reunión mantenida el martes entre los sindicatos -ELA, LAB, UGT y CC OO- y las patronales Adegi y Lares, donde éstas últimas propusieron el mantenimiento del convenio actual, las negociaciones han quedado suspendidas hasta el próximo 16 de abril «salvo que alguna de las partes quiera introducir alguna novedad».
UGT destaca que la desaparición del convenio «supondría una gran catástrofe para los trabajadores del sector ya que pasarían a tener como referencia el convenio estatal, cobrando unos 400 euros menos y con un incremento de jornada de unas 200 horas anuales». A su juicio, «la llave para salvar uno de los principales escollos de esta negociación está en manos la Diputación, en concreto en la aportación económica que esté dispuesta a conceder a las empresas».
Finalmente, abogó por la unidad sindical para «firmar un convenio provincial que garantice unos mínimos», al tiempo que no se ha mostrado partidario de convocar «medidas de presión como huelgas», al considerar que primero es necesario «agotar la vía de la negociación».
Por su parte, ELA y LAB analizrán hoy la situación y podrían dar a conocer un calendario de movilizaciones en el sector.

Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.