miércoles, 9 de mayo de 2018

Primera empresa condenada por vulnerar la libertad sindical al aplicar los principios del nuevo modelo de relaciones laborales de Confebask



Primera empresa condenada por vulnerar la libertad sindical al aplicar los principios del nuevo modelo de relaciones laborales de Confebask

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El Juzgado de los Social nº 3 de Gasteiz ha condenado DHL-EXEL (proveedora de Mercedes) por vulnerar los derechos sindicales en la negociación colectiva, al aplicar varios principios de la “nueva cultura de empresa para las relaciones laborales” que abanderan las patronales Adegi y Confebask.
En el fallo, se explica pormenorizadamente cómo la empresa ha buscado deslegitimar al comité, intentando coaccionar a la plantilla para que aceptase un convenio con recorte de derechos. Se condena a la empresa a indemnizar por daño moral al comité con 800 euros.
La sentencia refiere cómo la dirección publicó cinco "comunicados a la plantilla". También realizó un folleto planteando la posible rescisión por parte de Mercedes del contrato con DHL llamado "¿Seguimos viajando juntos?”, y convocó reuniones en grupos de 20 personas dirigidas por el máximo responsable de RRHH. Del mismo modo, la sentencia acredita la utilización por la empresa del espacio denominado "Desayunos con el gerente", en grupos de entre 3 y 10 personas, con el objetivo de defender una visión interesada de las negociaciones del convenio.
La dirección también impulsó el denominado "Hall de la fama", donde se permitió que de forma anónima se atacase al comité, así como unas charlas llamadas "One to one", siempre con el objeto de desacreditar a la parte social.
La sentencia especifica que estas actuaciones "evidencian la finalidad de debilitar a los representantes de los trabajadores, deslegitimando la postura del órgano representativo frente a sus trabajadores" y también que "la finalidad pudiera no ser meramente la de informar a los trabajadores, sino la de debilitar e ignorar al interlocutor legal de la plantilla".
ELA subraya que, pese a todo, los y las trabajadoras de DHL-EXEL resistieron el chantaje patronal y lograron un convenio muy positivo.
Desgraciadamente, lo ocurrido en esta empresa se está extendiendo en las empresas de Euskal Herria. El autodenominado "nuevo modelo de relaciones laborales" impulsado por Adegi y Confebask, y otros modelos surgidos del mundo cooperativo, beben de las mismas fuentes: negar el derecho de las y los trabajadores a organizarse. Nada hay más neoliberal que esa actitud. Vamos a luchar sindical y juridicamente para garantizar unas relaciones laborales justas, donde se respeten a los y las trabajadoras y a sus representantes democráticamente elegidos.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.