jueves, 5 de marzo de 2009

¿POR QUE ALGUNOS SINDICATOS CALLAN? En BIDELAN tambien

Libertad digital.com

¿Por qué los sindicatos callan?
El Gobierno subvenciona con 15 millones a CCOO y UGT

La crisis no afecta a los sindicatos gracias al dinero que les dan los contribuyentes a través del Ministerio de Trabajo. CCOO y UGT recibieron casi 15 millones de euros en 2008. Con esta partida de fondos públicos es difícil que los sindicatos se enfrenten al Gobierno.
La crisis española está expulsando del mercado laboral a 6.000 personas diarias, las afiliaciones a la Seguridad Social se hunden desde hace meses y ya existen cuatro millones de parados. En este contexto lo normal sería que los sindicatos estuvieran en pie de guerra y se enfrentaran al Gobierno, reclamándole que adopte medidas y reformas de calado para evitar esta sangría laboral.
Pero en España, y con un gobierno del PSOE, los sindicatos prefieren mantener la paz social y no dar armas a la oposición, tal como ha dejado entrever en varias ocasiones el nuevo secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo,. Según el sindicalista
una huelga general "no sería oportuna".
Todo se comprende cuando se analiza la financiación sindical. Según una resolución del Ministerio de Trabajo, CCOO y UGT recibieron 14,7 millones de euros de dinero de todos los contribuyentes en 2008. Una cantidad que, según el departamento que dirige Celestino Corbacho, corresponde a la “representatividad” de estos sindicatos en el tejido productivo nacional y las subvenciones por su función “consultiva”.
Así, CCOO recibió 6,44 millones para la realización de actividades sindicales y otros 1,02 millones por la citada actividad “consultiva”. Por su parte, el Gobierno le dio a UGT 6,09 millones de euros de dinero de los contribuyentes para su funcionamiento y otros 1,19 millones extra por la función de consulta. Por lo tanto, CCOO recibió 7,46 millones y UGT 7,28 millones
El despilfarro de dinero público no se queda sólo en la actividad sindical. La Confederación de Organizaciones Empresariales Españolas (CEOE), es decir, la patronal, recibió una subvención de 2,15 millones de euros por su función “consultiva” con el Ministerio de Trabajo.
Con estas inyecciones de dinero público es difícil que los sindicatos planten cara al Ejecutivo, a pesar de que les sobran los motivos para ello. De hecho, los sindicatos se enfrentaron al Gobierno de José María Aznar en 2002 por el decreto-ley que reformaba el mercado laboral.
Entonces, Hicieron la única huelga general de 24 horas que ha vivido España en el siglo XXI y le costó el puesto al entonces ministro de Trabajo Juan Carlos Aparicio. Ahora, a pesar de que España lidera el paro del mundo desarrollado (OCDE) los sindicatos callan.

1 comentario:

Anónimo dijo...

morroia beti morroi
el criado,siervo, esclavo siempre sera eso criado, siervo,esclavo.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.