miércoles, 20 de noviembre de 2019

BIDELAN AP-8 COMISIÓN DE VACACIONES

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Hoy 15 de Noviembre se ha celebrado la reunión de la comisión de vacaciones. El sindicato ELA ha venido solicitando la convocatoria de dicha reunión desde Enero  de 2019.

Antes de comenzar la reunión se ha trasladado a la empresa la problemática del peaje de Irún-Ventas, donde el volumen del tránsito hace necesario reforzar este peaje con más personal durante los periodos de mayor afluencia (los trabajadores y trabajadoras de Irún-Ventas habían trasladado por escrito la problemática a la empresa, aunque ésta manifiesta que no le ha llegado ningún documento).

VACACIONES

PEAJES: Zarautz está conformado por 18 grupos y se sigue utilizando el criterio de años anteriores. En Irún también se utiliza el mismo criterio y en la reunión de automatización la empresa presentará una propuesta atendiendo a este criterio y adaptando también la situación del personal fijo-discontinuo con contrato al 75% de jornada.

CENTRO DE CONTROL: Conformado por 10 trabajadores/as en grupos de 3. El décimo trabajador (con reducción de jornada) y las regulaciones permiten cubrir las vacaciones del resto del personal.

VIGILANCIA: la empresa propuso solicitar las vacaciones antes de la finalización del año anterior a fin de poder tener un calendario anual cerrado y que el personal pueda regular desde el principio del año.
Por la parte sindical hemos solicitado la modificación del solape, pasando 2 vehículos a entrar a las 22:00 horas y 1 vehículo a las 23:00 horas, cuando a día de hoy sucede a la inversa. La empresa manifiesta que estudiará la propuesta y responderá a la misma.
También hay que establecer en un documento de manera explícita los criterios de regulación, disfrute de horas extras generadas, etc.

SEÑALIZACIÓN: Se solicita poder regular también en los turnos de noche, no únicamente en el turno de mañana. La empresa manifiesta que estaría dispuesta a abordar esta propuesta pero a cambio de maximizar la disponibilidad efectiva del personal eventual los fines de semana y la garantía de un retén por parte del resto de personal. La empresa trasladará su propuesta detallada por escrito.

El lunes 18 de Noviembre la empresa hará llegar los calendarios de vigilancia y señalización.

MANTENIMIENTO ELECTRÓNICO: Éste es el único ámbito de la empresa cuyos criterios para vacaciones no están regulados en el convenio. Denunciamos que el planteamiento de modificación propuesto no se ha gestionado a través de los órganos establecidos para ello (comité de empresa y comisión de vacaciones) y que la gestión ha generado situaciones de tensión y malentendidos que había que haber evitado.

Hay un primer documento de mayo que luego se retiró y posteriormente hay otro documento de fecha 2 de octubre sobre el que se votó. No todo el personal pudo participar en la toma de decisión a pesar de que la misma les va a afectar.

Con la propuesta se conforman grupos de 3 trabajadores/as y un trabajador pasa a desarrollar labores de carácter informático. Preguntada la empresa por qué no se ha publicitado y ofertado este nuevo puesto de trabajo, ésta manifiesta que a su criterio, es el único trabajador que cumple los requisitos para el desempeño del puesto.

Ante la pregunta de si al personal eventual se le va a realizar la conversión de contrato a principios del año que viene, la empresa manifiesta que sí, pasando a tener contrato fijo-discontinuo.

También solicitamos la asignación de un coordinador de tareas por turno de trabajo, motivado por el incremento de los grupos de trabajo y las tareas a desempeñar.

La empresa presentará su propuesta completa por escrito, incluyendo los criterios para la regulación de jornada.

EVENTUALES: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS Y GARANTÍAS PARA TODO

EL PERSONAL. Se ha planteado la necesidad urgente de fijar criterios de adjudicación objetivos para un reparto equitativo de los contratos que se generan con carácter estructural. Por un lado hay personal fijo-discontinuo que va a coger vacantes estructurales que se han generado, pero este personal a su vez genera nuevas necesidades de contratación.

También hay que gestionar mejor los contratos que se generan por situaciones sobrevenidas (reducciones de jornada, incapacidades temporales, etc).

Solicitamos que se fije el criterio de la antigüedad para evitar algunas de las situaciones que se generan actualmente, a fin de repartir de manera equitativa y objetiva el trabajo que se genera.

La empresa manifiesta que es consciente del problema y que en lo sucesivo va a ser Recursos Humanos quien gestione este asunto. También informa que su intención es contratar personal eventual en caso de ser necesario en otras áreas (Administración, SAC).

La empresa manifiesta que quiere un acuerdo con la parte sindical para regularizar la situación del personal eventual, algo que venimos exigiendo desde hace mucho tiempo puesto que hay trabajo estructural que lo posibilita y además se regulariza la situación de personal que en ocasiones, está en fraude de ley puesto que debieran tener contratos de carácter indefinido.

Zarautz, 15 de Noviembre de 2019

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.