lunes, 26 de marzo de 2018

ARABAT-BIDEGI eta BIDELANi bilera eskaera - Solicitud de reunion a ARABAT - BIDEGI y BIDELAN


Xabier Udabe Idueta, 44127151 H NAN zenbakia duena eta  ELA-Gizalan federazioko arduraduna denak, honako idatzi honen bitartez, bilera eskaera egiten du.
Honen arrazoia, AP-1, AP-8, G-20 eta GI-632 errepideetako kudeatze, zaintza eta mantentze lanak betetzeko pleguetan langileen subrogazioa bermatu dagoela dioen arren, Bidelan enpresako langileak diren batzuk ez dute gaur egungo beraien lanaldi osoa bermatuta, Arabako pleguak, hitzez hitz, honako diolako : “ la empresa adjudicataria, en cuanto sustituta de la anterior titular, adcribira a su plantilla al personal actualmente empleado en las labores objeto del presente contrato, subrogándose en las obligaciones y derechos derivados de la relación laboral existente”.
Kontuan izan behar da, langile batzuk beraien lanaldiaren parte bat Gipuzkoan betetzen dutela eta bestea Araban.
Bilera dataren zain geratzen naiz.

Adeitasunez

Xabier Udabe Idueta, con DNI 44127151 – H  y responsable de ELA-Gizalan, por medio de la presente viene a solicitar reunión con usted.
El motivo de la misma es que el pliego de condiciones para las labores de operación, conservación y mantenimiento de las carreteras AP-1, AP-8, GI-20 y gi-632 viene establecida la garantía de la subrogación del personal que actualmente viene desempeñando esas funciones. La cuestión es que en el pliego de la parte de Araba, se recoge textualmente: “la empresa adjudicataria, en cuanto sustituta de la anterior titular, adscribirá a su plantilla al personal actualmente empleado en las labores objeto del presente contrato, subrogándose en las obligaciones y derechos derivados de la relación laboral existente”.
Esta situación con lleva que haya personal que no tiene garantizada la totalidad de su jornada actual, puesto que desarrolla parte de su labor en Gipuzkoa y parte en Araba.
Quedando a la espera de la reunión, le saluda atentamente, en Donostia a 20 de marzo de 2018.

Xabier Udabe Idueta
ELA - GIZALAN

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.