lunes, 27 de noviembre de 2017

REUNIÓN CON BIDEGI


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Hoy, tras solicitar ELA reunión hace más de un mes a Bidegi, se ha celebrado la mismar y se han tratado las siguientes cuestiones:
 
1.- Garantía de subrogación del personal en la siguiente licitación y adjudicación de la AP-1 y la AP-8
 
2.- Estado de la vía y riesgo para los usuarios de la misma
3.- Otros
 
1.- Respecto a la subrogación el Director de BIDEGI Alfredo Etxeberria ha garantizado que TODOS los pliegos de los servicios que dependen de Bidegi van a recoger la garantía de la subrogación. Ante la pregunta de ELA de si el texto va a ser el actual (la Diputación Foral de Gipuzkoa ha planteado modificar el texto a la baja) garantiza que SÍ, que se aplicará el actual texto de la subrogación.
Informa que va a ser un pliego con una duración de 8 años y que en ese periodo se prevé un incremento del tráfico y por tanto, del servicio, por lo que no va a tener impacto negativo alguno en los trabajadores y trabajadoras.
Están revisando los pliegos de condiciones y la previsión es que se publiquen en el mes de Diciembre de 2017.
También informa que en los próximos 8 años no se van a colocar arcos ni en la AP-1 ni en la AP-8.
 
2.- Respecto al estado de la vía, el sindicato ELA denunció el lamentable estado de la AP-8 en varios puntos el 19 de Septiembre de 2017. La Directora de Organización y Recursos Humanos de Bidelan Marisol Alza ha manifestado que no ha dado respuesta a dicha petición porque el sindicato ELA carece de representación en el comité de Bidelan AP-8. Informar que casualmente hoy han empezado con el microfresado en el P.K. 61  de la AP-8 sentido Bilbao.
El Director de Bidegi ha manifestado que como titular de la vía, la responsabilidad del mantenimiento de la vía y la toma de decisiones es de Bidegi. Por tanto, en adelante, ELA va a dirigir este tipo de denuncias a Bidegi puesto que es el titular de la vía y además por ser el sindicato que tiene representación en Bidegi.

Seguiremos denunciando e informando…

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.