viernes, 18 de octubre de 2024

El absentismo es ideología

El absentismo es ideología

Lo que se presenta como un término técnico es en realidad una construcción política, igual que la austeridad en la crisis de 2008, y tiene los mismos padres

Absentismo, la palabra de moda. Ha hecho fortuna, se ha instalado en el debate público como si fuera un concepto técnico, pero es ideología. Como la austeridad en la crisis de 2008, y tiene los mismos padres. Su inclusión y normalización es una maniobra de gran habilidad: convierte en aséptico un término cargado de intención y, de esta forma, lo homologa. Crea un nuevo sentido común.

Voluntariamente o por inercia, todo el mundo usa la palabra como si fuera blanca. Aunque sea otra cosa, da a entender que se refiere a las personas que faltan a su trabajo porque sí. El equívoco se adereza con unas cifras y ya se pueden extraer las conclusiones que interesan: el 9% del personal se escaquea y Gipuzkoa bate récords en una Euskadi líder mundial.

Absentismo debería referirse a faltar al trabajo sin justificación ni cobertura legal. Sin embargo, incluye las bajas médicas, los permisos retribuidos, accidentes de trabajo, maternidad, paternidad, permisos por boda, hospitalización de un familiar cercano, huelgas... En ninguno de esos casos la persona falta a trabajar: no tiene que ir, que es distinto. Meterlo todo en el mismo saco no es un imperativo técnico. Se hace así porque alguien quiere.

Una particularidad del absentismo es que, pese a la resonancia que tiene en el debate público, no hay estadísticas oficiales, sino que se toman los datos de consultoras de trabajo temporal o asociaciones empresariales como Confebask o Adegi en sus últimos informes de coyuntura, donde no falta el paquete completo habitual de altos costes salariales, nuevas exigencias fiscales y lamento por la falta de trabajadores cualificados.

La batalla cultural del absentismo es otra palanca de una estrategia más amplia por cambiar las relaciones laborales. Y funciona. Ahí está el globo sonda de las 'bajas flexibles' de la ministra Saiz. A ella le costará el cargo, pero el mensaje queda. El término culpa al trabajador, establece una relación de adversarios entre empresa y empleados. Pero si se lo que se buscan son soluciones y no solo el beneficio propio, tocará analizar el problema (que lo hay, y serio) desde todos los ángulos. Es preciso un análisis crítico. La inmensa mayoría de las bajas no son fraudulentas. Los caraduras profesionales, maestros en conseguir no ir a trabajar nunca (que siempre suelen ser los mismos, en todas las empresas, públicas y privadas), provocan que el problema se caricaturice y que, así, no se cuestione el nudo gordiano de la cuestión: si las condiciones laborales agudizan el problema.

Para un análisis del absentismo riguroso y no solo de parte será necesario encender la luz en toda la sala y no solo poner la lupa de la culpabilidad sobre el trabajador. Preguntarse de forma seria por qué crecen las bajas, si la automatización y las nuevas tecnologías que venían para ayudar han provocado que cada vez se asuman más tareas, a costa de la salud. Si hay patrones de gobernanza tóxicos. Es tarea de las instituciones conocer si hay un conjunto de factores que produce el efecto de más bajas. También si hay derivación indebida (con sus costes) al sistema público de salud como contingencias comunes de lo que son bajas con origen profesional y, por tanto, con otras obligaciones para empresas y mutuas. El mandato institucional es descartar que haya cualquier fraude, no comprar marcos. Si la ausencia es legal, no es absentismo, es un derecho.

Incluso dando por buenos los datos de las ETTs, de ese absentismo en torno al 9% el 20% serían bajas injustificadas. Lo que significa que hasta con esos números interesados el 1,8% del total de trabajadores faltaría a su puesto mientras el 98,2% hace lo que debe. Estos estudios no suelen incluir el cálculo del número de personas que acuden a sus puestos enfermas por miedo a perder el empleo ni las horas extras que no se pagan.

Es necesario un diagnóstico solvente que permita abordar el problema desde parámetros objetivos, no ideológicos, y no asumir de forma acrítica el concepto como si fuera un fenómeno meteorológico inevitable y el hombre del tiempo no tuviera la culpa de que llueva.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.