domingo, 2 de octubre de 2011

ACTA REUNION 29 SEP. COMITE - DIRECCION EMPRESA


Se adjunta al presente acta la ultima propuesta realizada por la empresa y trasladada el pasado 22 de septiembre a los representantes de los trabajadores del Comité de Empresa. Como principal variaciones respecto a la anterior propuesta destacar la reducción del ámbito temporal a tres años. Por otro lado se mantendrán los calendarios y ciclos existentes hasta la fecha, incluyendo los del colectivo de peaje, sin perjuicio de que en caso de que desde algún area pudiese trasladarse alguna propuesta consensuada y que sea beneficiosa tanto para la empresa como para los trabajadoras. En relación al seguro de vida y accidentes lleva implícita una subida de un 10 % respecto del anteriormente vigente. El grueso de la propuesta se recoge en el documento adjunto. En relación a la propuesta trasladada por los trabajadores, se ha valorado la misma como principales puntos a destacar, en lo referente a las horas sindicales la empresa se ajustara a lo regulado por la ley entendiendo que la actividad sindical se debe ajustar a la realidad; por otro lado en relación al plus de absentismo la Direccion traslada que se podrá mantener en la medida que se respeten las condiciones iniciales, es decir, que sea necesario cotizar un año. A este respecto los miembros de los trabajadores trasladan su desacuerdo en relación a que esas no fueron las condiciones iniciales y asi se dictamino en un juicio. En relación al articulo 11 propuesto, por parte de la empresa se entiende asumible el articulo. Se solicita por parte de los trabajadores se proponga fecha para la comicsion paritaria precisamente para tratar el plus de absentismo. Por ultimo y tras valorar por ambas partes la importancia de la revisión económica del convenio, desde la empresa se traslada la imposibilidad de ir mas alla de la propuesta realizada (incremento del IPC) y por parte de los trabajadores igualmente traslada su imposibilidad de asumir la propuesta en tales términos, por lo que el proceso negociador queda en suspenso. Se traslada la necesidad de revisar la cobertura de los Responsables de Turno en caso de ausencia, al haberse registrado una queja por parte de un cobrador de peaje que requirió de relevo para poder ir a los baños. A este respecto la empresa se compromete a revisar este aspecto, si bien se traslada que también se ha tenido constancia de casos de personas que recurrente e insistentemente reclaman ir al servicio durante muchas ocasiones a lo largo de su turno de trabajo, trasladándose la propuesta de que estas personas pueden acogerse a un calendario de refuerzos de tal forma que siempre estén acompañados En Zarautz, a 29 de Septiembre de 2.011 ANEXO 1 Respecto al ámbito temporal: reducimos la última propuesta de 4 años a 3, como lo planteáis. Respecto a la retribución: subida IPC para los tres años. Plus de asistencia: detallar en convenio el acuerdo sobre la necesidad de cotizar mínimo un año en Bidelan para poder optar al cobro del plus (tal y como se detalla en el procedimiento). Plus de Nocturnidad y festivo: 2010: 2,75€ 2.011 y 2.012: 3€ Plus de navidad 46,77 para el año 20101 y subida IPC para el resto. Dietas: dieta completa 20€, media dieta 10€ dieta diaria desplazamiento 10; 87 euros. KM: 0,42€ para los tres años Calzado: 55 € para cada dos años Los derechos sindicales tal y como marca la legislación vigente.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.