miércoles, 14 de octubre de 2009

ELA condena las detenciones de dirigentes políticos de la izquierda abertzale


ELAk ezker abertzaleko buru politikoak atxilotzea gaitzetsi du

ELAren ustez, ezker abertzaleko buru politikoak atxilotzea erabaki duena asmo politikoz jokatzen ari da eta ez du irtenbiderik bilatzen; ez du nahi gatazka politikoari irtenbidea emango dion bidea egiterik.

Helburu horrekiko konpromisoa duten herritarrak atxilotzea honelako prozesu batek beharrezko dituen kode minimoen kontrako eraso onartezina da.

ELAk berriz ere salatu egin nahi du Justizia-administrazioaren erabilpen politikoa. Legeria berezia auzitegi bereziek administratzen dute, eta salbuespen kutsu nabarmena du; Euskal Herriari eragiten dioten gatazka juridikoetan ez du inongo bermerik eskaintzen. Era objektiboan definituta, botere judizial horren lehen kezka ez da justizia aplikatzea, baizik atxiloketak telebistaz eman ahal izatea.

Horrelako gertakariak gure inguruko demokrazientzat deigarri izan beharko lirateke. Espainiako estatuak bere barneko gatazka nazionalei irtenbide demokratikorik ez ematea erabaki du, eta Europako Batasunean parerik gabeko dinamika errepresiboa garatzen ari da, oinarri-oinarrizko eskubide eta askatasunak urratuz eta auzitegiek aintzat hartu beharreko printzipio garantistak bazter utzita. Estatu hau edozein bitarteko erabiltzeko prest dago, ez dauka neurri demokratikorik eta jokabide hau botere guztiek partekatzen dute.

ELAren irudiko, badirudi Estatuko botereak lasaiago bizi direla egungo blokeo eta irtenbiderik gabeko egoerarekin. Gu, ordea, ez. Hainbat galdera datozkigu burura: Zer indartu nahi du estatuak atxiloketa hauekin? Zein egoera sortzea nahi du, honelako erabakiekin apustu zibila egiteko konpromisoa hartu duten pertsonak baztertzen baditu?

Alabaina, ELAk bide horretatik jarraitzera animatu nahi du. Ezinbestekoa da. Horixe da euskal gizartearen gehiengoak nahi duena; ELAk konpromiso horri heltzen dio, baita egoerarik zailenetan ere. Hau da, hain zuzen, bai estatua, bai bortxakeriaren inguruko polarizazio egoerak alternatibarik ez duela erabaki dutenak urdurien jartzen dituen bidea.

ELAk atxilotuekiko elkartasuna adierazi nahi du, eta interpelatuta ikusten dugu gure burua gertakarien larritasunagatik eta egoerak eskatzen duen salaketan parte hartzeagatik.

ELA condena las detenciones de dirigentes políticos de la izquierda abertzale

En opinión de ELA, quien ha decidido estas detenciones de dirigentes políticos de la izquierda abertzale, ha actuado atendiendo a impulsos políticos y no quiere una solución; no desea que se recorra el camino necesario para llegar a una solución al conflicto político.

La detención de personas civiles comprometidas con ese objetivo representa un ataque inaceptable a los códigos mínimos que un proceso de esta naturaleza demanda.

ELA desea denunciar, una vez más, la instrumentalización con fines políticos de la Administración de Justicia. Padecemos una legislación especial que, administrada por tribunales especiales, rebosa excepcionalidad y que carece de la mínima garantía cuando se trata de conflictos jurídicos que afectan políticamente a Euskal Herria. Para definirlo objetivamente, estamos ante un poder judicial más preocupado por la presencia de las televisiones en el lugar de las detenciones, que por aplicar justicia.

Un hecho de esta naturaleza debería llamar la atención a las democracias de nuestro entorno. El estado español ha decidido no dar una salida democrática a sus conflictos nacionales internos y desarrolla una dinámica represiva sin parangón en la Unión Europea, contraria a los más elementales derechos y libertades y a los principios del garantismo judicial. Estamos ante un estado a quien le vale todo, que no tiene medida democrática y cuyas actuaciones son compartidas por todos los poderes.

A juicio de ELA todo parece indicar que los poderes del Estado están más cómodos con la actual situación de bloqueo y de no salida. Nosotros no. Es necesario preguntarse: ¿Qué pretende reforzar el Estado con estas detenciones? ¿Qué escenario se quiere provocar cuando, cuando con actuaciones como éstas, el Estado aparta a personas que han manifestado su compromiso con una apuesta civil?

ELA anima, no obstante, a recorrer ese camino. Es imprescindible. Es el deseo mayoritario de la sociedad vasca; un deseo con el que ELA, también en los escenarios más difíciles, está comprometida. Este es, precisamente, el camino que más incomoda al Estado y a quienes han dado por descontado que la situación de polarización actual sobre la violencia no tiene alternativa.

ELA desea manifestar su solidaridad con las personas detenidas y se da por interpelada, por un lado ante la gravedad de estos hechos y, por otro, para compartir el grito de denuncia que esta situación requiere.

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Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.