Mostrando entradas con la etiqueta convenio. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta convenio. Mostrar todas las entradas

jueves, 12 de marzo de 2015

RESUMEN REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2015.03.11


RESUMEN REUNIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA
El CE plantea la siguiente propuesta:

* Un convenio para los próximos dos años 2015 y 2016

* Subida salarial del 2,5 para el 2015 y del IPC MAS 2 PARA EL 2016. En caso de IPC negativo un 2% para el 2016

* Reducion de 8 horas en la jornada para el 2015 y de otras 8 horas para el 2016.

* Ropa de trabajo: que la ropa térmica se considere ropa de trabajo para las areas de peaje y conservación y vigilancia asi como botas de goretex para conservación y vigilancia.

* Tarjeta de transito

* En los permisos especificar en el art. F “Marido o mujer”

* Reducion de jornada; incluir para todo el personal que le afecte el actual convenio indiferentemente de que tenga padres o hijos a su cargo

* Temas vacaciones: quitar que las condiciones sean solo para peajistas y que sean para todos. Tambien que los operarios de conservación puedan coger vacaciones dos a la vez y las creación de una comisión para el estudio de calendarios y vacaciones junto a la empresa.

* Incluir en el convenio los requisitos para la oficialidad de primera de los vigilantes y conservación

* Calendarios : queitar los ciclos que hay actualmente y poner las que se hacen.

* Mutuas: incorporar un texto ante el RD que regula las altas por parte de la mutua

* Añadir en el anexo 5 al articulo 2: ORPRICCE

martes, 15 de noviembre de 2011

Prezioek gora egiten badute soldatek ere gehiago igo behar dute / Si los precios suben el 3%, los salarios deberán crecer más

Prezioek gora egiten badute soldatek ere gehiago igo behar dute

ELAren iritziz soldatek prezioen gainetik igo behar dute. Kontrakoa, langileok krisiaren ondorioak ondainerazteko beste modu bat litzateke. Beraz, ELAren aburuz soldatak %3aren gainetik igo behar dira. Izan ere, Kontsumorako Prezioen Indizea urtean %3 hazten ari da.

Sindikatu honek nabarmendu du prezioen igoerak ez duela zerikusirik soldatek izan dezaketen igoerarekin. Alderantziz, soldaten kostu bateratuak behera egin du, baina horrek ez du eraginik prezioetan, enpresariek irabazietan baizik. Horrenbestez, ELAk ez ditu ontzat hartzen prezioen gorakadari aurre egiteko soldaten jaitsiera eskatzen dutenen argudioak.

Si los precios suben el 3%, los salarios deberán crecer más

Para ELA los salarios deben crecer por encima de los precios. Lo contrario sería una forma más de hacer pagar a los trabajadores y trabajadoras las consecuencias de la crisis. Por tanto, en opinión de ELA los salarios deben aumentar por encima del 3%, que es el ritmo interanual del IPC

ELA destaca que la subida de los precios no tiene nada que ver con que los salarios estén creciendo demasiado. En realidad, los costes laborales unitarios están bajando, lo que no se está trasladando a los precios, sino a los beneficios empresariales. Por tanto, rechaza los argumentos de quienes reclaman menores crecimientos salariales para contener la subida de los precios.

domingo, 2 de octubre de 2011

ACTA REUNION 29 SEP. COMITE - DIRECCION EMPRESA


Se adjunta al presente acta la ultima propuesta realizada por la empresa y trasladada el pasado 22 de septiembre a los representantes de los trabajadores del Comité de Empresa. Como principal variaciones respecto a la anterior propuesta destacar la reducción del ámbito temporal a tres años. Por otro lado se mantendrán los calendarios y ciclos existentes hasta la fecha, incluyendo los del colectivo de peaje, sin perjuicio de que en caso de que desde algún area pudiese trasladarse alguna propuesta consensuada y que sea beneficiosa tanto para la empresa como para los trabajadoras. En relación al seguro de vida y accidentes lleva implícita una subida de un 10 % respecto del anteriormente vigente. El grueso de la propuesta se recoge en el documento adjunto. En relación a la propuesta trasladada por los trabajadores, se ha valorado la misma como principales puntos a destacar, en lo referente a las horas sindicales la empresa se ajustara a lo regulado por la ley entendiendo que la actividad sindical se debe ajustar a la realidad; por otro lado en relación al plus de absentismo la Direccion traslada que se podrá mantener en la medida que se respeten las condiciones iniciales, es decir, que sea necesario cotizar un año. A este respecto los miembros de los trabajadores trasladan su desacuerdo en relación a que esas no fueron las condiciones iniciales y asi se dictamino en un juicio. En relación al articulo 11 propuesto, por parte de la empresa se entiende asumible el articulo. Se solicita por parte de los trabajadores se proponga fecha para la comicsion paritaria precisamente para tratar el plus de absentismo. Por ultimo y tras valorar por ambas partes la importancia de la revisión económica del convenio, desde la empresa se traslada la imposibilidad de ir mas alla de la propuesta realizada (incremento del IPC) y por parte de los trabajadores igualmente traslada su imposibilidad de asumir la propuesta en tales términos, por lo que el proceso negociador queda en suspenso. Se traslada la necesidad de revisar la cobertura de los Responsables de Turno en caso de ausencia, al haberse registrado una queja por parte de un cobrador de peaje que requirió de relevo para poder ir a los baños. A este respecto la empresa se compromete a revisar este aspecto, si bien se traslada que también se ha tenido constancia de casos de personas que recurrente e insistentemente reclaman ir al servicio durante muchas ocasiones a lo largo de su turno de trabajo, trasladándose la propuesta de que estas personas pueden acogerse a un calendario de refuerzos de tal forma que siempre estén acompañados En Zarautz, a 29 de Septiembre de 2.011 ANEXO 1 Respecto al ámbito temporal: reducimos la última propuesta de 4 años a 3, como lo planteáis. Respecto a la retribución: subida IPC para los tres años. Plus de asistencia: detallar en convenio el acuerdo sobre la necesidad de cotizar mínimo un año en Bidelan para poder optar al cobro del plus (tal y como se detalla en el procedimiento). Plus de Nocturnidad y festivo: 2010: 2,75€ 2.011 y 2.012: 3€ Plus de navidad 46,77 para el año 20101 y subida IPC para el resto. Dietas: dieta completa 20€, media dieta 10€ dieta diaria desplazamiento 10; 87 euros. KM: 0,42€ para los tres años Calzado: 55 € para cada dos años Los derechos sindicales tal y como marca la legislación vigente.

viernes, 17 de junio de 2011

REUNION COMITE - DIRECCION 16.06.2011



ACTA DE REUNION

ASISTENTES :

ENEKO URDANGARIN, DANI SARRAGA, MARINA BLANCO, CECILIA MERINO

MARI SOL ALZA , SERGIO CUBERO

AUSENTE:

ASIER ELORRIAGA

SEGUIMIENTO REUNION Y ACUERDOS ADQUIRIDOS

Desde los Representantes de los Trabajadores se traslada que la solicitud de reunión tiene por objetivo retomar las conversaciones de la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo de la AP-1.

A este respecto trasladan que han modificado su propuesta inicial de cara a esta nueva fase negociadora.

Desde la empresa se traslada que las condiciones que la empresa puede ofrecer es el IPC hasta el año 2013, incluyendo los pluses de nocturnidad, etc… similares a los de la Autopista AP-8.

Respecto de3l actual Plus de Absentismo desde la empresa se traslada que salvo que se recoja por escrito en el convenio en las condiciones inicialmente pactadas, no se mantendrá siendo necesario revisar dicho plus de cara a que sea realmente efectivo como elemento regulador del absentismo.

También se traslada que dentro de la propuesta de la empresa se va a incluir la categoría de Jefe de Sala.

Los Representantes de los Trabajadores solicitan se les remita por escrito una propuesta que recoja todos los puntos antes comentados para poder analizarlos oportunamente, a lo que la empresa se compromete en el plazo de una semana, estimando su envió para el 24 de junio.

Respecto al Certificado de Aptitud Profesional (C.A.P.) se acuerda analizar por parte de la empresa el alcance de lo que supone la obtención de este certificado por parte de los trabajadores afectados, estando dispuestos a negociar un posible acuerdo en relación a la obtención de estos certificados.

En ruegos y preguntas se consulta si se han abonado o no los atrasos del kilometraje y respecto del pago de bienios se consulta como se realiza el abono de dichos bienios ya que existe dudas sobre la parte proporcional de los días correspondientes en el mes en que comienza a abonarse ese bienio.

Se solicita revisar la restricción respecto del desvio de llamadas a través de Centro de Control ya que puede generar algunos problemas operativos. Se acuerda valorar este punto.

sábado, 28 de mayo de 2011

PREACUERDO EN EL TRAMO VIZCAINO DE LA A-8

Un preacuerdo firmado el pasado viernes entre el comité de empresa y la dirección de Aubisa, responsable de la explotación del tramo vizcaino de la A-8, evitó la consecución de los paros convocados por los trabajadores de los peajes de la autopista, al menos, durante esta semana.
La asamblea de trabajadores de la empresa decidió por mayoría dar por bueno el preacuerdo que tendrá vigencia durante los próximos cuatro años.
El convenio avalado por los empleados de Aubisa, recoge una reducción de 24 horas, la subida de un 4% por encima del IPC y mejoras en pluses de festivos y categorías.
Uno de los"puntos calientes"tratados entre el comité de empresa y Aubisa en la reunión del pasado viernes fue la subrogación de los trabajadores en caso de que la empresa decida no presentarse a una nueva licitación para la explotación del tramo vizcaino de la A-8."La subrogación viene recogida en el acuerdo pero hasta el momento no ha sido ratificado por Interbiak o, en su caso, por la Diputación", indicaron desde
ELA. Por lo que no se descarta la convocatoria de nuevas movilizaciones y de paros , de dos horas al día, en los peajes.

ZORIONAK !!!
Bizkaiko AUBISAko langileei.
ESKERRIK ASKO ELA !!!

domingo, 3 de abril de 2011

convenio YA !!!


La peña venga firmar convenios , menos nosotros.
Recordaros que los convenion no caen del cielo,

HAY QUE
PELEARLOS !!!
Los 390 convenios colectivos para 2010 firmados hasta el pasado mes de abril en Euskadi
establecen un incremento salarial medio del 1,49 por ciento. Hasta la misma fecha, los trabajadores del resto del Estado lograron un aumento del salario del 1,27 por ciento. Según datos del Consejo de Relaciones Laborales, recogidos por Europa Press, los convenios suscritos hasta abril de 2010 afectan a 178.635 trabajadores vascos. Esto supone que 464.760 operarios (72,2% de los afectados por convenio) aún tienen que renovar sus condiciones laborales para este año, a través de la firma de 673 convenios que aún quedan pendientes. De ellos, 524 son de empresa (63.721 trabajadores) y 401.039 de sector (287.766 operarios).

Los operarios guipuzcoanos suscribieron 47 convenios, que afectan a 24.247 trabajadores, con un incremento de salario del 1,95 por ciento.

jueves, 28 de octubre de 2010

PLUS VESTUARIO ARTICULO 43. ROPA DE TRABAJO

Antolakuntza eta Giza Baliabidetik jakinarazten digute urriako nominan 44€ ordainduko zaiela Bidesariko eta Komunikazioko langileei oinetakoak erosteko
Desde el area de RR.HH nos informan que en la nomida de octubre se abonara al personal de peaje y comunicaciones 44€ para la adquisicion de zapatos.

Artículo 43. Ropa de Trabajo

Son prendas de trabajo aquéllas que el trabajador debe emplear, bien para una correcta presentación ante los usuarios de la Autopista, bien para la realización de los cometidos propios de su labor en todas o en algunas circunstancias.

La Empresa sufragará, a su costa, la adquisición, confección y renovación de las prendas de trabajo.

El uso de la prenda de trabajo será limitado exclusivamente dentro de las dependencias de la Empresa, y su empleo fuera de ella se considerará como falta leve o menos grave, susceptible de sanción, excepto cuando sea por motivo o consecuencia de su trabajo.

Cada DOS años se abonara la cantidad de 44 euros para adquisición de Zapatos.

viernes, 25 de junio de 2010

LOS CONVENIOS VASCOS FIRMADOS HASTA ABRIL FIJAN UNA SUBIDA SALARIAL DEL 1,49%

Datos de la patronal filtrados a Europa Press.
Y a nosotros no nos ofrecen ni el IPC.

Europa Press.

Los 390 convenios colectivos para 2010 firmados hasta el pasado mes de abril en Euskadi establecen un incremento salarial medio del 1,49 por ciento. Hasta la misma fecha, los trabajadores del resto del Estado lograron un aumento del salario del 1,27 por ciento.
Según datos del Consejo de Relaciones Laborales, recogidos por Europa Press, los convenios suscritos hasta abril de 2010 afectan a 178.635 trabajadores vascos.
Esto supone que 464.760 operarios (72,2% de los afectados por convenio) aún tienen que renovar sus condiciones laborales para este año, a través de la firma de 673 convenios que aún quedan pendientes. De ellos, 524 son de empresa (63.721 trabajadores) y 401.039 de sector (287.766 operarios).
Los operarios guipuzcoanos suscribieron 47 convenios, que afectan a 24.247 trabajadores, con un incremento de salario del 1,95 por ciento.

miércoles, 23 de junio de 2010

REUNION COMITE + DIRECCION DE EMPRESA 10.06.23



BILERA AKTA / ACTA DE REUNION 10.06.10

ASISTENTES:

ENEKO URDANGARIN, ASIER ELORRIAGA, DANIEL SARAGA, MARISOL ALZA, SERGIO CUBERO

ORDEN DEL DIA:

Reunión de la mesa negociadora del convenio de la unidad Productiva AP1

Se traslada por parte de la empresa la propuesta de pluses nocturnos y festivos,la cual situa dichos pluses en 2,30 € durante los tres años de vigencia para la propuesta realizada por la empresa.

Desde los miembros del Comite de Empresa se traslada que esta propuesta de pluses supone incremento nulo (0) de dichos pluses.

Respecto del plazo en que se va ha realizar efectivo el abono de los pluses del 2.009, se informa se procederan a abonar en octubre.

Por parte de ELA se traslada que no se considera seria la propuesta y que ante tal situacion se dan por rotas las negociaciones hasta que no se plantee una propuesta seria. Por parte de UGT se traslada igualmente que no se ve un contenido social en la propuesta de la empresa y que dicha propuesta es de caracter regresivo, por lo que igualmente dan por rotas las negociaciones.

La empresa quiere dejar claro que no renuncia a seguir la negociacion y quiere dejar claro la voluntad por negociar, no obstante pa propuesta es acorde con la situacion actual y de partida considera que el convenio de la AP-1 es un convenio muy bueno y el esfuerzo parte en mantenerlo. Por otro lado y con respecto al aspecto social ya la empresa quiere dejar claro que la mayor parte de los aspectos que se plantearon en el anterior convenio y que mantienen fue por parte de la empresa y que ya se ha solitado en numerodsas ocasiones que se planteen necesidades reales del personal (calendarios ad hoc, licencias, horarios...) para poder estudiarlos. Considera a su vez que el unico aspecto social que se plantea en la propuesta del Comite son las horas relativas a los Delegados de personal.

Por parte de los miembros del Comite de Empresa se traslada que su propuesta si recoge otro contenido social aparte de las horas de los Delegados de personal, como por ejemplo calendarios de personal, ropa especifica para cada colectivo, etc.

En Zarautz a 23 de Junio de 2.010

jueves, 10 de junio de 2010

REUNION COMITE + DIRECCION DE EMPRESA 09.06.10


BILERA AKTA / ACTA DE REUNION 10.06.10

ASISTENTES:

ENEKO URDANGARIN, ASIER ELORRIAGA, DANIEL SARAGA, MARISOL ALZA, SERGIO CUBERO

ORDEN DEL DIA:

Reunión de la mesa negociadora del convenio de la unidad Productiva AP1

Se realiza por parte de la empresa de una presentación de la propuesta realizada hace un par de semanas.

Respecto de los representantes de los trabajadores, estos trasladan que consultados sus bases sindicales, asesores, etc.…no toman en consideración la propuesta de la empresa y no consideran que sea una respuesta aceptable a la propuesta que a su vez ellos realizaron, además de no observar beneficios sociales ni de ningún otro tipo.

Desde la empresa se traslada que su plataforma no buscaba, y así se transmitió, ser una respuesta a la plataforma de los trabajadores, so no ser una propuesta independiente.

Se solicita por parte de los trabajadores una propuesta relativa a los pluses nocturnos y festivos, detallando base de partida y porcentaje de incremento.

Igualmente, se consulta el plazo en que se va hacer efectivo el abono de los pluses del 2009 conforme al convenio AP-1.

Se traslada por parte de los trabajadores, que no se ha realizado hasta la fecha el abono del segundo viaje aquellos trabajadores de peaje que han venido realizando durante su jornada de trabajo desde el 2.009. A este respecto se responde que no se tenia constancia de ninguna irregularidad al respecto, por lo que se va a estudiar el historial del caso y analizarlo en profundidad.

La empresa traslada a los delegados de personal la necesidad de que los trabajadores con ciclos de trabajo 7.7/7.7/7.5 sepan que la existencia de estos calendarios especiales se sustenta en la búsqueda de un equilibrio entre la vida familiar y laboral, sin obviar una de ellas y que organizativamente tienen que mantenerse siempre y cuando no supongan un perjuicio constante para la empresa. En este sentido la empresa cree conveniente comunicar que estará por la labor de mantener dichos calendarios siempre y cuando se mantengan las condiciones beneficiosas para ambas partes. En este sentido, la empresa se pondrá en contacto con los delegados cuando considere que existe un abuso que merma el mantenimiento de este acuerdo cara a solucionar este tema.

En Zarautz , a 9 de Junio de 2.010

martes, 18 de mayo de 2010

REUNION COMITE + DIRECCION DE EMPRESA 10.05.10


BILERA AKTA / ACTA DE REUNION 10.05.10

ASISTENTES:

ENEKO URDANGARIN, ASIER ELORRIAGA, DANIEL SARAGA, MARINA BLANCO, MARISOL ALZA, SERGIO CUBERO

ORDEN DEL DIA:

Reunión de la mesa negociadora del convenio de la unidad Productiva AP1

La empresa traslada que ha realizado un primer análisis de la plataforma propuesta por los trabajadores, y que inicialmente y de dicho análisis se observa que en materia económica el planteamiento, se considera muy alejado de lo asumible por la empresa.

Aparte de lo puramente económico,la empresa plantea que su plataforma va a ir orientada principalmente en la mejora de aspectos “sociales”.

La empresa se compromete a enviar su propuesta la semana del 17 al 21 de Mayo, de cara a que en la próxima reunión se disponga de ambas propuestas.

Se acuerda que la próxima reunión se celebrara el dia 09 de junio a las 09:30 horas.

viernes, 30 de abril de 2010

ZUZENDARITZAREKIN BILERA / REUNION CON LA DIRECCION







BILERA AKTA / ACTA DE REUNION

REUNION COMITE DE EMPRESA Y DIRECCION

ASISTENTES: Eneko Urdangarin, Asier Elorriaga, Daniel Sarraga, Marina Blanco, Mari Sol Alza, Sergio Cubero.

AUSENTE : Cecilia Merino (Baja Maternal)

ORDEN DEL DIA:

Presentación plataforma negociadora de la Unidad Productiva AP1 y acta de constitución mesa negociadora.

Con fecha de 28 de abril de 2010 queda oficialmente constituida la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de la Autopista AP1, detallándose los siguientes puntos :

Personas que se designan para las reuniones

La empresa designa como representantes a Isaac Loiola, Sergio Cubero, Pablo Berriotxoa y Mari Sol Alza.

El comité de Empresa designa a Eneko Urdangarin, Cecilia Merino, Asier Elorriaga, Daniel Sarraga, Marina Blanco.

Funcionamiento de las reuniones y calendario:

Se decide fijar los miércoles con periodicidad, para las reuniones de la mesa negociadora, incluyendo la redacción y firma de las actas, empezaríamos las reuniones a las 09:30 de la mañana. Independiente de lo anterior, la primera reunión se adelantara al día 10 de mayo (lunes).

Se remite calendario estimativo con la periodicidad y particularidades señaladas.

Plataforma de negociación:

El comité de Empresa entrega su propuesta o plataforma de negociación del Convenio Colectivo.

VARIOS

Se solicita por parte del Comité de Empresa la Cuenta de Resultados de los años 2.008 y si es posible, también la de 2.009.

Se consulta por parte de los miembros del Comité de Empresa sobre las gestiones o pasos dados por la empresa en relación al tema del juicio relativo a los agentes de campo y el desplazamiento a Eskoriatza. A este respecto la empresa informa de que se ha recurrido la sentencia al Tribunal Supremo.

Respecto al plus de Absentismo se informa por parte del Comité de Empresa de que se van a seguir los mismos pasos que en caso anterior, convocando inicialmente al Preco y en caso de que no se alcance acuerdo en dicho foro, se realizara la denuncia correspondiente.

Se informa de la incorporación de Cristina Ezponda como nueva Responsable de Gestión de Cobro. Funcionalmente dependerá de ella las áreas de Peaje, Validación y Facturación y Mantenimiento Electrónico de Peajes.

Se establece el día 06 de mayo como fecha para una próxima reunión de Prevención y Seguridad.

Se confirma que todas las actas, convocatorias y comunicados que se remitan por correo electrónico se harán llegar a todos los miembros del Comité de Empresa.

Se solicita por parte del Comité de Empresa la entrega de la evaluación de riesgos y del plan de seguridad. Se acuerda entregar dichos documentos en la próxima reunión de prevención antes mencionada.

miércoles, 17 de febrero de 2010

AYER SE CELEBRO LA COMISION PARITARIA, RECLAMACION PLUS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Con el problema que llevamos arrastrando desde el pasado mes de abril y al no cumplir la empresa,segun entendemos nosotros, con la aplicacion del convenio colectivo ayer se celebro la comision paritaria y mas de lo mismo, al no llegar a un acuerdo con los representantes de la empresa (No entendemos la postura de elos y mucho menos la de un@ de los representantes)el proceso sigue para adelante y el siguiente paso es el PRECO.

La reunion se celebro en las oficinas de Bidelan en Zarautz
En representacion de los trabajadores acudieron Eneko Urdangarin y Asier Elorriaga
En representacion de Bidelan acudieron Sergio Cubero y Mari Sol Alza

Los representantes de los trabajadores piden que se cumpla el articulo 28 y 38 del convenio de la AP-1 para todos los representantes

Los representantes de la Direccion se ratifican el lo expuesto en la reunion mantenida el 14.02.10 con el comite de Empresa de la AP1, en el que se sostiene que el acuerdo con los delegados de personal firmantes del convenio era y es aplicar el plus de asistencia a partir del cumplimiento de un año de cotizacion para todos, y asi se evidencia en su aplicacion hasta ahora de este modo sin ningun objecion por parte de nadie.

La sistematica de aplicacion de este plus se acordo fuera a traves del procedimiento que se adjunta,el cual iba a ir desarollandose en la medida que aparecieran nuevas casusticas. Asi mismo este acuerdo se baso en la necesidad de generar la bolsa suficiente para el abono de ese plus y atendiendo tambien a la propia sistematica de contratacion que influyen en el indice de abstentismo.

No obstante e independientemente de ratificar el lo anterior, los representantes de la Direccion vuelven a realizar la misma propuesta que hicieron al comite de Empresa de la AP1 en el que proponian una mejora al bajar a 6 meses el periodo necesario para optar al plus de asistencia.

Los representantes de los trabajadores sostienen que el acuerdo no era el de aplicar el acuerdo para los trabajadores, sino para los eventuales de larga duracion. Tambien sostienen que no hay tal acuerdo sino conversaciones verbal y exigen aplicar los articulos 28 y 38 tal como lo expone el convenio de la AP1. Ya que no puede haber ningun acuerdo por debajo del convenio.El convenio es de aplicacion para todos los trabajadores segun articulo 1

Artículo 1. Objeto y Ámbito Funcional. Ámbito Personal y Territorial
El presente convenio tiene como objeto la regulación de las relaciones laborales entre la empresa BIDELAN GUIPUZKOAKO AUTOBIDEAK, S.A. y el personal al servicio de la misma, que actualmente presta servicios en la explotación de los tramos de la AP-1 que gestiona Bidelan de la autopista AP-1 .
El presente Convenio será de aplicación al personal que, independientemente del contrato de trabajo que se pacte y de su categoría profesional, preste sus servicios para BIDELAN en la autopista AP-1.
Artículo 28. Prestación complementaria de la Seguridad Social
En los casos de maternidad a partir del séptimo mes, así como de accidente de trabajo desde el primer día, la Empresa complementará las prestaciones por Incapacidad Temporal de la Seguridad Social de los trabajadores hasta el 100 por 100 de los conceptos salariales fijos.
Asimismo, se complementarán también los casos de Incapacidad Temporal de larga duración, desde el primer día, siempre y cuando se den todas las siguientes condiciones de forma obligatoria:
- Serán consideradas bajas largas las bajas que duren más de 30 días.
- Deberán ser avaladas por la mutua, con su correspondiente seguimiento.
- Se complementarán durante un plazo máximo de 9 meses, a partir de la baja y sin que pueda exceder de nueve meses al año.
No estarán incluidos los pluses que por su propia naturaleza exijan la presencia, como por ejemplo el de festivo y el especial de nocturnidad.
Requisitos a los que debe ajustarse el personal arriba mencionado en situación de baja por incapacidad temporal para tener derecho a percibir las prestaciones de la Empresa pactadas:
- Se le podrá exigir un comportamiento acorde con la dolencia y el procedimiento de curación.
- No podrá cambiar de residencia sin previa comunicación a la Empresa.
- Deberá comunicar a la Empresa cuanto antes, siempre que la situación lo permita, antes del comienzo de su jornada o servicio , su situación de enfermedad o accidente, y presentar a la misma el parte oficial de baja dentro de las veinticuatro horas siguientes a que dicho parte le fuera entregado por el Facultativo correspondiente.
- La Empresa tendrá la facultad de poder exigir a los Trabajadores afectados que se sometan al reconocimiento del Facultativo que determine la Dirección. El diagnóstico de este Facultativo respecto a la justificación o no de la baja, será determinante en orden al abono del complemento contemplado.
Si algún Trabajador rehusara cumplir los requisitos o someterse a los controles establecidos en este artículo, percibiría solamente la prestación de incapacidad temporal legalmente establecida, sin derecho a ningún complemento a cargo de la Empresa, durante el tiempo que continúe en dicha situación por incapacidad temporal por los motivos arriba mencionados.
Por otra parte, en aquellos casos en que pueda colegirse por actos o conductas determinadas la intención de crear o prolongar la situación de baja, la Dirección de la Empresa podrá suprimir el complemento de las prestaciones de incapacidad temporal, sin más requisito que la ratificación de esta decisión por los Representantes legales de los Trabajadores que formen parte de la Comisión Paritaria.
Todos los gastos derivados por someterse al reconocimiento del facultativo que determine la dirección de la empresa, correrán a cargo de ésta.
Se computarán por día 8 horas como trabajadas a un ritmo de 5 días de trabajo y 3 de descanso u otros según calendarios de su sección de trabajo marcadas en convenio, en el caso de que su calendario anual estuviera totalmente cerrado. Se computará la parte proporcional si la jornada pactada con el trabajador es parcial o si aún siendo completa, el calendario anual no estuviera fijado en su totalidad.
Artículo 38. Absentismo
Se reconoce el grave problema que nos supone el absentismo y se entiende que su reducción implica tanto un aumento de la presencia del trabajador en el puesto de trabajo como la correcta organización de la Empresa, junto con unas adecuadas condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo, en orden a una efectiva protección de la salud física y mental de los trabajadores.

De igual forma, el grave quebranto que económicamente produce el absentismo cuando se superan determinados niveles, así como la necesidad de reducirlo, dada su negativa incidencia en la productividad.
El objetivo es de obtener la reducción del Absentismo a través de una política multifactorial en la Empresa, incluyendo como aspecto fundamental la negociación del convenio para así cubrir todos los niveles de la Empresa y no fijarse de forma unilateral; condicionado todo ello a acciones concluyentes y de seguimiento del mismo.
Se hace necesario:
· Hacer todo lo posible para suprimir el absentismo debido a causas relacionadas con el ambiente de trabajo en orden a una efectiva mejora de las condiciones de trabajo: rotación, que debe ser obligatoria en aquellos puestos de trabajo susceptibles de generar enfermedades profesionales, asignación de puestos de trabajo compatibles, etc.), teniendo en cuenta la normativa de la OIT y demás normas legales.
· Establecer medidas de reincorporación considerando como principio fundamental el fomento del buen estado de salud y el bienestar de los trabajadores, facilitando su reincorporación al desempeño de su actividad laboral, mediante asignación de puestos de trabajo compatibles con la disminución de su aptitud temporal y definitiva. Para dicho fin se impulsara a través del área de RRHH, todas las acciones para facilitar la coexistencia entre la disminución de aptitud del trabajador y las tareas a realizar.
Plus de Asistencia y puntualidad:
Cara a establecer las medidas oportunas para controlar el ascendente absentismo se acuerda determinar las condiciones para implantar un plus de asistencia y puntualidad, desarrollando las variables que se detallan a continuación. El plazo para la puesta en marcha de este plus será Enero del 2008.

Se cierra la reunion sin acuerdo por ambas partes
Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.