martes, 16 de julio de 2013

ADI EGON!!! VIGILA TU NOMINA Y OTRAS CONDICIONES LABORALES


ADI EGON!!
VIGILA QUE TU NOMINA Y OTRAS CONDICIONES LABORALES
NO SEAN MODIFICADAS TRAS EL 7 DE JULIO DE 2013

Entre los numerosos cambios de la última reforma laboral aprobada por el PP el pasado año, hay una cuestión a la que en las próximas semanas los trabajadores y trabajadoras debemos prestar especial atención.

Se trata de la ULTRAACTIVIDAD DE LOS CONVENIOS. Antes de la reforma los convenios se seguían aplicando hasta que se negociase el siguiente convenio; ahora, tras la reforma, el empresario puede dejar de aplicar el convenio en el caso de que haya pasado más de un año desde su denuncia.

Por ello, en aquellas empresas en las que el convenio de aplicación (convenio sectorial o de empresa) no tenga incluida la garantía de la ultraactividad, no hay que descartar que el empresario haga uso de la reforma laboral y decida bajar los salarios, reducir derechos regulados en el convenio, o modificar incluso la estructura de la nomina para acometer posteriormente bajadas salariales. Una situación que ya viene sucediendo en muchas empresas con la modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Art. 41 Estatuto de los Trabajadores) allí donde no haya un convenio de empresa que lo impida.

La perdida de la ultraacitividad – para los convenios en que así sea- SE PRODUCIRIA EL 7 DE JULIO, por lo que es imprescindible estar muy atento/a a cómo reaccionan las empresas ese mismo mes; incluso, claro está, comprobando como se abona la nomina correspondiente a dicho mes.

Es importante que sepas que las empresas pueden proceder de dos maneras; la primera, notificándolo por escrito a los afectados-as y, la segunda, aplicando directamente en la nomina de ese mismo mes (finales de julio o primeros de agosto).

En cualquiera de estos dos casos debes de tener presente que ante esta situación hay dos cosas que puedes hacer :
1.- La principal y prioritaria: Organizar a los trabajadores/as y responder desde la acción sindical para que la empresa reconsidere su decisión. La acción sindical es la respuesta con mayores posibilidades en la medida en que depende de nosotros/as. Recuerda que hay empresas donde la reforma no se aplica gracias a que, mediante la negociación colectiva, han conseguido un convenio de empresa que lo impide. Ese debe ser nuestro objetivo.
2.- Las demandas judiciales. Las demandas se pueden presentar tanto si se opta por la acción sindical como si no. Lo cierto es que sobre la viabilidad de la vía judicial, hoy por hoy, existen posiciones diversas, sin que pueda asegurar un resultado positivo. Estaríamos a lo que decidan los jueces en la aplicación de la ley. En este segundo caso, es muy importante señalar que el plazo para presentar la reclamación individual es de 20 días, bien desde la notificación por parte de la empresa de su intención de rebajar el salario o discutir algún derecho, o desde que la empresa realice el abono de la nomina con el recorte.

En el caso de que en tu empresa suceda cualquier situación de las señaladas, no dudes en ponerte en contacto con el sindicato, yta que es fundamental reaccionar lo antes posible.

¡¡¡ORGANIZATE CONTRA LA REFORMA!!!

miércoles, 3 de julio de 2013

ELA celebra mañana congresos extraordinarios para su adaptaciòn organizativa

Federazioak berregokitzeko asmoz ezohiko Kongresuak egingo ditu bihar ELAk

 Federazioak berregokitzeko zergatia ELAk lege laboraletan eta negoziazio kolektiboaren arauetan egin dituzten azken erreformei era eraginkorrean erantzuteko duen borondatean datza. ELAren erronka enpresa eta lantoki guztiak, handiak zein txikiak, benetako negoziaziorako esparru bihurtzeko.

BIDELANek bere ordezkaria izango du ezhoiko Kongresuan

IRAKURTZEN SEGI

ELA celebra mañana congresos extraordinarios para su adaptaciòn organizativa

El objetivo es pasar de 4 a 3 federaciones. Se adapta la organización para responder con eficacia a las últimas reformas laborales y de negociación colectiva que tienen por objeto facilitar a la patronal la destrucción de empleo, bajar los salarios y empeorar las condiciones de trabajo. ELA asume el reto de convertir a las empresas, grandes y pequeñas, en ámbitos de negociación real.  

BIDELAN tendra su representante en dicho Congreso Extraordinario

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martes, 2 de julio de 2013

ATZO SINATU GENDUEN 2013-2014 LAN HITZARMENA


Atzo eguerdian sinatu genduen , lehendik hitzartuta genduen, 2013-2014 Lan Hitzarmena

Ayer al mediodia se firmo el convenio,que teniamos apalabrado, para los años 2013-2014

ZORIONAK LORTU DUGU !!!

HITZARMEN ON BAT EZ DA ZERUTIK ETORTZEN, BORROKATU EGIN BEHAR DA 

UN BUEN CONVENIO NO CAE DEL CIELO, HAY QUE LUCHAR

viernes, 28 de junio de 2013

2010 -2011ko Atzerapenak ordaindu dituzte

Enpresa Zuzendaritzarekin hitzartu genuen bezala atzo ordaindu zituzten 2010 eta 2011ko atzerapenak. 2012koak Uztailaren bukaeran ordainduko dituzte hitzartu bezala.


Comentaros que tal y como se acordo con la empresa ayer ingresaron los retrasos del 2010 y 2011 a finales de julio las del 2012

jueves, 27 de junio de 2013

ASTELEHENEAN SINATUKO DA 2013-2014 SE FIRMARA EL LUNES


Datorren astelehena, Uztailak 1eguerdiko 12:00tan bilduko gara Enpresa Zuzendaritze eta Langileen Ordezkariak 2013-2014 urteko Lan Hitzarmena sinatzeko

El próximo lunes,1 de Julio, a las 12:00 del mediodía nos reuniremos la Dirección de Empresa y el Comité para firmar el convenio 2013-2014


miércoles, 19 de junio de 2013

REUNION CON BIDEGI (II)

Hoy a la mañana nos hemos reunido con BIDEGI

Por parte de BIDEGI han asistido Larraitz Ugarte y Katy Nevado
Por parte de los trabajadores Dani y Marina y Tomas (asesor UGT) y Asier y Eneko , justifican su ausencia Ceci y Goio (Asesor ELA)

Ante la duda que surgió en algunos trabajadores porque no asistimos a la reunión con Bidegi el pasado Lunes junto al Comité de A8, Larraitz asume "se les paso avisarnos"

Nos exponen que en la ultima reunión del Consejo de Diputados decidieron Denunciar el Contrato que tiene Bidelan con Bidegi por "Contrato Lesivo" 
Esto es , que la Diputacion quiere romper el acuerdo que tiene con Bidelan.

Nos comentan que intentaran respetar todos los contratos y que pasariamos a pertenecer a BIDEGI, ya que esta sociedad publica pasaria a hacerse cargo de las competencias que estan en estos momentos en manos de BIDELAN.

Lo quieren hacer sin judicializar el proceso y de forma transitoria, tal y como se hizo el traspaso de EUROPISTAS a BIDELAN, (se olvidan que en este caso fue un fin de contrato y una nueva concesion ) para esto esperan contar con la colaboración de la Dirección de BIDELAN

Esto es lo que quiere BIDEGI, luego abria que ver que es lo que se puede llevar para adelante tanto amistosamente o Judicialmente y una vez de entrados en procesos Judiciales abria que ver la Justicia a quien le da la razon.

Se les han hecho varias preguntas.

1. Pasariamos a pertenecer a BIDEGI en las mismas condiciones 
    SI, mismo convenio
    TODOS ?
    en un principio SI
2. Con la nueva LEY RAJOY, el de las reformas, seria posible que una Sociedad Publica contratase a mas de 350 trabajadores
    SI, En principio el gabinete juridico no ve ningun problema (creemos que ni la han valorado, la LEY RAJOY no permite nuevo contratos en la administración publica excepto grandes excepciones) 
3. Que pasaria con las Subcontratas (tuneles,Mantenimiento Peajes...)
   Se tendria que analizar cada caso

Las dos partes nos comprometemos a mantener abiertos los canales de comunicación

 
P.D. A LA ESPERA DE NUEVOS ACONTECIMIENTOS OS RECOMENDAMOS AFILIAROS, SI ES POSIBLE A ELA Y SI PREFIERES O VUESTRO PENSAMIENTO ESTA MAS CERCA DE OTROS ADELANTE PERO AFILIACIÓN YA !!!













REUNION CON BIDEGI

Comentaros que ayer a la tarde hemos recibido un mensaje de Bidegi  
convocándonos a una reunión, hoy a las 10;00 de la mañana en las 
oficinas de Bidegi
 
La reunión la convoca la propia Larraitz Ugarte
Os pasamos el texto integro
 
Podríamos reunirnos el miércoles a las 10;00 en la sede de Bidegi 
con el Comite de la AP1,es un tema importante (que no negativo) 
y necesitamos informaros a la mayor brevedad
Ondo izan..
 
 
Pues a lo dicho, ya os iremos informando del tema 
 
P.D. Comentaros que el pasado lunes se reunio con el comite de la A8 
        y ayer a la mañana  se reunió con la Dirección de Bidelan 
       
 
 
Los vídeos de mrafundazioa en Dailymotion

Permisos

MOTIVO

DURACION

OBSERVACIONES

A/ Matrimonio

Dieciocho (18) días naturales

Si coincide con el periodo de vacaciones se podrá acumular la licencia a las vacaciones.

B/ Licencia por nacimiento de hijo (*)

Tres (3) días

A partir del día del parto.

C/ Enfermedad grave, hospitali- zación, fallecimiento. Cónyuge, hijos, padres

Cuatro (4) días naturales

En caso de hospitalización se podrá fraccionar, siempre y cuando exista la hospitalización, entendiendo ésta como ingreso en centro hospitalario

D/ Enfermedad grave, hospita- lización, fallecimiento. Hermanos, abuelos, nietos

Dos (2) días naturales

con ocupación de cama. En caso de que la hospitalización dure un día, se limitará a ese día.

E/ Fallecimiento de Tío

Un día (1) natural


F/ Matrimonio. Hijos, Hermanos, Nietos

Un día (1) natural


G/ Bautizo o Comunión. Hijos, nietos

Un día (1) natural

Cuando la ceremonia coincida con jornada de trabajo

H/ Por traslado de domicilio

Un día (1) natural


I/ Consulta médica y acompañamiento hijos, padres.

Tiempo necesario

Siempre que se justifique debidamente: Hijos: menores 14 años Padres: > 65

J/ Cumplimiento de deber público.

Tiempo imprescindible

Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del servicio debido a más del 20 por 100 de las horas laborables en un periodo de tres meses, se podrá pasar al trabajador afectado a una situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 de esta ley.

En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

K/ Exámenes para obtener títulos oficiales

Tiempo imprescindible


L/ Para realizar funciones sindicales

16 horas mes

En los términos establecidos legalmente

M/ Lactancia


Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de 9 meses tendrán derecho a una hora de ausencia de trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen (con relación contractual).

N/ En los casos de enfermedad grave, muerte u hospitalización de cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos o hermanos, ampliación

Hasta tres días naturales (3)

Según la siguiente tabla de Kms:

De 600-1.000 km. (ida y vuelta): 1 día natural.

De 1.001 a 1.500 (I/V): dos días naturales

Más de 1.501: tres días naturales.

O/ Juicios y/o comparecencias legales como testigo o denunciado.

Tiempo imprescindible

Para las parejas que convivan sin vínculo matrimonial y/o para las parejas de hecho, que acrediten esta convivencia en idéntica forma a la exigida por la seguridad social a los efectos de inclusión del compañero/a, les será de aplicación las licencias y permisos retribuidos B, C, D, E, F, G

#Suspensión por paternidad: 13 días naturales a partir de la finalización de la licencia. Prestación abonada directamente por el INSS al beneficiario.